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Conoce las nuevas reglas para el uso de cascos en motos

Con el fin de garantizar y proteger la vida de los usuarios de motocicletas a partir del 23 de enero de 2021 comenzará a regir la Resolución número 20203040023385, que establece condiciones mínimas en el uso de cascos protectores para conductores y acompañantes de motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos.

Para proteger y contribuir a salvar la vida de conductores y acompañantes de motocicletas y vehículos similares, la norma establece tres condiciones vitales para los cascos:

1. La cabeza del usuario de motocicleta debe estar totalmente inmersa en el casco, es decir, ocupar toda su cavidad interna. También debe estar abrochado a través del uso del sistema de retención, sin correas rotas, ni broches partidos e incompletos.

2. No se podrán portar dispositivos móviles de comunicación o teléfonos que se interpongan entre la cabeza y el casco, excepto si son utilizados con accesorios o equipos auxiliares que permitan tener las manos libres.

3. Para el caso de los cascos con cubierta facial inferior movible, conocidos como Abatibles o Modulares, esta debe ir cerrada y asegurada durante los recorridos.

Siguiendo estos lineamientos, con el uso de un casco de calidad y de la talla correcta, se garantiza que el desempeño del casco protector puede evitar o mitigar lesiones craneoencefálicas que el usuario pueda sufrir en caso de un siniestro vial.

ANSV PROMUEVE EL USO CORRECTO DEL CASCO PARA PROTEGER LAS VIDAS DE LOS USUARIOS DE MOTOCICLETAS

La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) sigue fortaleciendo su compromiso por garantizar y proteger la vida de los usuarios de motocicletas. Esta decidida labor se evidencia con la expedición de la Resolución número 20203040023385 del Ministerio de Transporte, en la cual “se establecen las condiciones mínimas para el uso del casco protector para conductores y acompañantes de vehículos tipo motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros, cuatrimotos y se dictan otras disposiciones”. Este acto administrativo empezará a regir a partir del 23 de enero de 2021.

La norma, que busca “disminuir y evitar lesiones o traumas craneoencefálicos a los usuarios de motocicleta involucrados en un siniestro vial”, establece tres condiciones vitales para los cascos. La primera indica que la cabeza del usuario de motocicleta debe estar totalmente inmersa en el casco, es decir, que ocupe toda su cavidad interna, para ofrecer mayor protección a las partes de la cabeza que el casco debe proteger según su diseño. También debe estar abrochado a través del uso del sistema de retención, sin correas rotas, ni broches partidos e incompletos.
En segundo lugar, la Resolución señala que no se podrán portar dispositivos móviles de comunicación o teléfonos que se interpongan entre la cabeza y el casco, excepto si son utilizados con accesorios o equipos auxiliares que permitan tener las manos libres. Y en el tercer caso, la medida indica que, para el caso de los cascos con cubierta facial inferior movible, conocidos como Abatibles o Modulares, la misma siempre debe ir cerrada y asegurada durante los recorridos.
Para Luis Lota, director de la Agencia, esta nueva Resolución es un aporte valioso al trabajo que se viene desarrollando desde la Entidad para proteger la vida de los motociclistas en la vía. También señaló que se trata de un ejercicio que está alineado con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre la necesidad de contar con normas enfocadas a la calidad y el uso adecuado de cascos para motociclistas.
“Con esta Resolución se busca que los motociclistas y sus acompañantes cumplan con unas condiciones mínimas al momento de utilizar el casco. Esto, sumado a la calidad del producto, garantiza que el desempeño del casco protector puede evitar o mitigar lesiones craneoencefálicas que el usuario pueda sufrir en caso de un siniestro vial. Esto no quiere decir que los motociclistas tengan que cambiar su actual casco de protección, pero sí se recomienda hacer el cambio cuando el casco haya sufrido golpes considerables, se encuentre en mal estado o el sistema de retención presente daños o averías que no permitan asegurarlo de manera adecuada”, explicó Lota.
Es importante resaltar que con la expedición de esta Resolución, el país, además, de contar con un Reglamento Técnico para la fabricación, importación y comercialización de cascos, contenido en la Resolución 1080 de 2019, ahora cuenta con condiciones mínimas que los motociclistas deben tener en cuenta al momento de circular en las vías.
Recomendaciones
Además de las consideraciones adoptadas en la nueva Resolución, es recomendable que los motociclistas siempre verifiquen que su casco cumpla con estándares de calidad, que mantengan limpio y desinfectado el interior y exterior, que no sea expuesto a golpes considerables, por ejemplo, caídas desde la altura de la silla de la motocicleta. Además, deben conocer la medida del perímetro del cráneo y usen cascos de la talla correcta.
Cifras
Según las cifras definitivas del Observatorio Nacional de Seguridad Vial, en 2019 fallecieron en Colombia 6.826 personas en accidentes de tránsito. Los usuarios de motocicleta son quienes mayor participación tienen, con un total de 3.666 registros, que representan el 53,71% del total. Los siguen los peatones, con el 25,59% de los casos, y usuarios de vehículo, con el 13,26%. El 32,4% de los casos de muerte de los usuarios de motos fueron causados por trauma craneoencefálico.
Los motociclistas pasaron de representar el 24% de las fatalidades en el tránsito durante 2004, a cerca del 54% en 2019. El incremento en la participación de los usuarios de motocicleta en las fatalidades respecto a los otros actores viales evidencia el aumento que ha tenido la utilización de este medio de transporte durante los últimos 15 años.

Fuente: Agencia Nacional de Seguridad Vial. 

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