Asfixia por sepultamiento en zanja

Asfixia por sepultamiento en zanja

Trabajo que realizaba

El trabajador pertenecía a una empresa contratista dedicada a la construcción y especializada en la ejecución de estructuras de hormigón armado y metálicas. A primera hora del día del accidente le indicaron que tenía que ejecutar la apertura de una zanja para la instalación de un tubo de saneamiento. La persona que ejercía de recurso preventivo de la obra no estaba presente en la misma, ya que alternaba su presencia de forma discontinua con otra obra. A eso de las 15:00 horas del día del accidente, dos compañeros de la empresa contratista tras haber almorzado, comenzaron a trabajar en su tajo, instalando un sifón. Tras realizar ese trabajo, ya por la tarde uno de los compañeros se acercó al tajo en el que se produjo el accidente, al estar preocupado por que el accidentado no había aparecido a comer, y porque se encontraba solo en una obra complicada. Los trabajadores eran conscientes de los riesgos del vaciado por lo inestable del terreno.

Accidente

Cuando se acercó, comprobó que una retroexcavadora estaba en el borde del vaciado sin operario y con el motor en marcha. Se acercó al vaciado y vio que se había llenado de tierra y que se había desprendido parte de una pared del vaciado, habiendo tierra suelta en el fondo de este, llegando a unos dos metros del borde superior. Los compañeros comenzaron a excavar con la máquina, las manos y con palas, hasta que extrajeron al accidentado, ya cadáver. Para realizar estas operaciones, al considerar que había riesgo de un nuevo desprendimiento de la zona del vaciado en la que estaban trabajando, quitaron la entibación una zona del vaciado para colocarla en el otro lado. Dicha entibación estaba realizada con cuatro puntales de obra y seis tablones de unos 0,5 m y 2 m. Alguno de los puntales estaba colocado directamente contra el terreno.

Otras circunstancias

  • Se observó que la separación del material acopiado procedente de la excavación estaba muy próximo al borde del vaciado. Se encontraba a una distancia aproximada de unos sesenta centímetros en el lado norte de la misma y prácticamente al borde del vaciado en el lado sur.
  • Para organizar la actividad preventiva, la empresa contratista tiene un concierto con un Servicio de Prevención Ajeno.
  • Por parte de la empresa, ha acreditado que el trabajador recibió una formación inicial sobre los riesgos del sector y los principios básicos y conceptos generales sobre la materia. Esta formación inicial impartida no exime al empresario de su obligación de informar al trabajador de los riesgos específicos en el centro y en el puesto de trabajo.
  • No se ha acreditado la formación específica en relación con el puesto de trabajo, ni la formación especial como operador de vehículos y máquinas para movimiento de tierras y manipulación de materiales
  • No se acredita que se haya facilitado información al trabajador referente al puesto nominal del trabajador, oficial, o al trabajo que efectivamente desempeñaba, de operador de maquinaria móvil para movimiento de tierras.
  • Tampoco se ha acreditado que se haya dado información adecuada de las medidas que hayan de adoptarse en lo que se refiere a su seguridad y salud en la obra que se estaba ejecutando y a los riesgos presentes en la misma. Igualmente, no se acredita que dicha información fuera referente al Plan de Seguridad y Salud de la obra.

Se acredita la entrega de los siguientes equipos de protección individual: casco reglamentario, botas de seguridad y guantes.

Causas

Del análisis de los datos y descripciones recogidas, se deducen las siguientes causas del accidente:

  • Ausencia/deficiencia de protecciones colectivas frente a caídas de personas.
  •  Falta/deficiencia de entibación o taludes inadecuados.
  • Ausencia de vigilancia, control y dirección de persona competente.
  • Instrucciones respecto a la tarea insuficientes.
  • Falta de control del cumplimiento del Plan de seguridad y salud en Construcción.
  • Formación/información inadecuada o inexistente sobre la tarea.
  • Inexistencia o deficiencia de un procedimiento que regule la planificación de la implantación de las medidas preventivas propuestas, incluidas las referidas a los planes de seguridad en las Obras de Construcción.
  • Deficiencias en la organización de los recursos obligatorios (organización preventiva) para la realización de las actividades preventivas exigidas por la normativa.

Pudo haberse evitado

En la obra se debieron haber adoptado los principios de la acción. Al empresario le corresponde la protección eficaz de la seguridad y salud de los trabajadores y por lo tanto ha de adoptar cuantas medidas sean necesarias para la protección de este derecho de los trabajadores.

En las visitas que realizó a la obra, al ver que los acopios de tierras procedentes de la extracción estaban tan próximos al borde del vaciado y que no habían implantadas, al menos, medidas colectivas contra la caída de personas y materiales, tuvo que intervenir adoptando las medidas necesarias para corregir las deficiencias observadas.

Todo el perímetro del vaciado tendría que haber estado protegido con barandillas o sistema equivalente, ya que suponía para los trabajadores un riesgo de caída desde una altura superior a 2 metros. Esta protección colectiva de seguridad tendría que haber sido verificada tanto de forma previa a su uso, como después de forma periódica y cada vez que sus condiciones de seguridad pudieran resultar afectadas por una modificación, periodo de no utilización o cualquier otra circunstancia, la estabilidad y solidez de los elementos de soporte y el buen estado de los medios de protección.

En la excavación, el entibado no era el adecuado para prevenir los riesgos de sepultamiento por desprendimiento de tierras   Durante los trabajos de excavación, ya que se trata de un vaciado, los materiales y las tierras extraídas se tendrían que haber acumulado a una distancia del borde del vaciado no menor de dos veces la profundidad en ese borde,

Tendrían que haberse adoptado las medidas que se estimaran adecuadas para prevenir el posible riesgo de sepultamiento, como es una entibación adecuada de la excavación o medidas de seguridad equivalente, y preverse vías seguras para entrar y salir de la excavación. Además, las posibles acumulaciones de tierras, escombros o materiales, así como los vehículos en movimiento tendrían que haberse mantenido alejados de la excavación o, en su caso, tomado las medidas adecuadas, mediante la construcción de barreras, para evitar su caída a las mismas y el derrumbamiento del terreno.

Tendría que haberse impartido una formación específica con relación al puesto de trabajo y la formación especial como operador de vehículos y máquinas para movimiento de tierras y manipulación de materiales

El trabajador accidentado no recibió la formación e información suficiente para hacer el trabajo que estaba desarrollando

Se tuvo que garantizar que los trabajadores recibieran una información adecuada de todas las medidas que hayan de adoptarse en lo que se refiere a su seguridad y su salud en la obra.

La implantación de estas medidas hubiese evitado las consecuencias de un posible acto inseguro del trabajador al adoptar una posición inadecuada, al aproximarse por causas indeterminadas al borde del vaciado, pudiendo haber provocado la caída de la pared del vaciado y la caída a distinto nivel.

Fuente: Compendia de los primero 50 pudo haberse evitado – Base De Accidentes De Trabajo Investigados – Junta de Santa Lucia.

El espacio de lecciones aprendidas es una herramienta para evitar que se presenten accidentes, invitamos a las empresas a enviar sus lecciones aprendidas al correo ruc@ccs.org.co para que sean compartidas a través de estos boletines. 

Compartir

Facebook
X
LinkedIn

Noticias relevantes