Guía del sistema de seguridad, salud en el trabajo y ambiente para contratistas RUC® (OAUPE009 – REV. 20 – 01.01.22)

Como parte de los cambios que se registrarán en los procesos de auditoría RUC® para el año 2022, se encuentran los relacionados con el numeral 5 y numeral 6 de impacto a la accidentalidad e imprecisiones a la información estadística.

  • La Guía cambia a la revisión 20 con fecha de 22.01.01.
  • Incluirá de análisis de comportamiento de indicadores de ATEL, de los últimos dos años vencidos.
  • No se tendrá en cuenta en la calificación al numeral 5, nuevos accidentes graves (acuerdo con la definición de la Resolución 1401 de 2007).
  • Se amplia Anexo 2, con la explicación a través de ejemplos de la interpretación y calificación de los escenarios por aumento y/o disminución de tendencia de ATEL de los últimos 5 años vencidos y comportamiento de ATEL de los últimos 2 años vencidos.

En el Numeral 5. Impacto de la accidentalidad (de Trabajo y Ambiental) en la evaluación del RUC®, quedará:

  • En toda organización que durante la ejecución de sus labores se generen accidentes con lesiones incapacitantes calificados como invalidez y/o fatalidades de sus trabajadores directos, contratistas y trabajadores en misión o se evidencia que ha tenido infracciones ambientales en el periodo evaluado, de acuerdo con la legislación vigente que puede ser consultado en http://vital.anla.gov.co/SILPA/TESTSILPA/Security/Login.aspx, tendrán en este elemento una calificación en el escenario A.
  • La empresa debe demostrar que no se han presentado accidentes con incapacidad permanente parcial en el último periodo evaluado, incluyendo trabajadores en misión y subcontratistas de las actividades contractuales con la empresa.
  • El periodo que se revisará para determinar la existencia de accidentes con lesiones incapacitantes (permanente, parcial o invalidez) y/o fatalidades, es el comprendido entre la última fecha de evaluación del RUC® y la fecha en la que se está realizando la evaluación de seguimiento (se incluyen auditorías adicionales correspondientes al mismo periodo).

En el caso que una empresa realice una visita adicional y que en esta se presente impacto de la accidentalidad por nuevos eventos (fatalidad, invalidez y/o incapacidad permanente parcial) estos se evaluarán en la próxima visita de seguimiento. Así mismo, se mantendrán los hallazgos e impactos asociados a los elementos 5 y 6 resultantes de la última visita de seguimiento.



Sin embargo, si durante la auditoría del año en curso se identifica la existencia de accidentes graves, con lesiones incapacitantes (permanente, parcial o invalidez) y/o fatalidades que no hayan sido registrados en los certificados de la ARL requeridos para las auditorías de los últimos 5 periodos anteriores y/o que no hayan sido informados por la empresa a los auditores del RUC® en el periodo que aplicaba su calificación, tendrán en este elemento una calificación en el escenario que corresponda según la severidad del evento.



Nota: Las empresas que hayan presentado accidentes graves de acuerdo con la definición de la Resolución 1401 de 2007, antes de la fecha de su última auditoria RUC® (verificación o seguimiento) y que no hayan sido impactados, tendrán tratamiento de acuerdo con lo definido en la guía RUC® Rev. 19 del 21.01.01 y el formato de autoevaluación RUC® Rev. 26 del 20.06.08.



Las empresas nuevas deben demostrar que no han presentado eventos que impacten la accidentalidad (accidentes con lesiones incapacitantes permanente parcial, invalidez y/o fatalidades) en los últimos cinco años vencidos o desde su fecha de constitución (si tienen menos de cinco años de constituida).

  • La empresa deberá demostrar la ausencia o disminución en los últimos 5 años vencidos de la tendencia del indicador de frecuencia de accidentes de trabajo con lesión incapacitante y del indicador de incidencia para enfermedades laborales certificadas por la ARL para los trabajadores directos, trabajadores en misión y subcontratistas y deberá demostrar la ausencia o disminución en los últimos 2 años vencidos del comportamiento del indicador de frecuencia de accidentes de trabajo con lesión incapacitante y del indicador de incidencia para enfermedades laborales certificadas por la ARL para los trabajadores directos, trabajadores en misión y subcontratistas. No se incluyen los eventos que están en proceso de calificación de origen. Ver anexo 2.


En el Numeral 6. Imprecisión en la información suministrada por la organización con respecto a la accidentalidad, se incluye la nota:



Para el análisis de las imprecisiones se tendrán en cuenta los accidentes graves, de acuerdo con la definición de la Resolución 1401 de 2007, presentados hasta el 31 de diciembre del año 2021.



En el ANEXO 2. Se aclara:



Indicadores de Accidentalidad y de Enfermedad Laboral RUC®



Indicador de Frecuencia de Accidentes de Trabajo con Lesión Incapacitante = (Número de accidentes de trabajo con tiempo perdido que se presentaron en el periodo “Z” / Número promedio de trabajadores en el periodo “Z”) * 100



Indicador de Incidencia de la enfermedad laboral = (Número de casos nuevos de enfermedad laboral en el periodo “Z” / Promedio de trabajadores en el periodo “Z”) * 100.000



Tasa de AT con IPP (PCL entre 5% – 15%) = (Número de accidentes de trabajo con incapacidad permanente parcial con PCL entre 5% y 15% que se presentaron en el periodo evaluado / Número promedio de trabajadores) * 100



Tasa de AT con IPP (PCL > 15%) = (Número de accidentes de trabajo con incapacidad permanente parcial con PCL > 15% que se presentaron en el periodo evaluado / Número promedio de trabajadores) * 100



Nota: Para el cálculo de las Tasas de AT con IPP se tendrán en cuenta el número promedio de trabajadores vigente al día de la auditoria.



Indicadores Mínimos



Frecuencia de accidentalidad = (Número de accidentes de trabajo que se presentaron en el mes / Número de trabajadores en el mes) * 100



Severidad de la accidentalidad = (Número de días de incapacidad por accidente de trabajo en el mes + número de días cargados en el mes / Número de trabajadores en el mes) * 100



Proporción de accidentes de trabajo mortales = (Número de accidentes de trabajo mortales que se presentaron en el año / Total de accidentes de trabajo que se presentaron en el año) * 100



Prevalencia de enfermedad laboral = (Número de casos nuevos y antiguos de enfermedad laboral en el periodo “Z” / Promedio de trabajadores en el periodo “Z”) * 100.000



Incidencia de la enfermedad laboral = (Número de casos nuevos de enfermedad laboral en el periodo “Z” / Promedio de trabajadores en el periodo “Z”) * 100.000



Ausentismos por causa médica = (Número de días de ausencia por incapacidad laboral o común en el mes / Número de días de trabajo programados en el mes) * 100



Tendencias y Comportamientos de los indicadores de ATEL RUC®



Para el análisis de los indicadores de ATEL (Indicador de frecuencia de accidentes de trabajo con lesión incapacitante e Indicador de incidencia de enfermedades laborales), se tendrá en cuenta la tendencia de los últimos cinco (5) años vencidos y el comportamiento de los dos (2) últimos años vencidos.



Para conocer a profundidad los cambios, consulta la Guía del sistema de seguridad, salud en el trabajo y ambiente para contratistas RUC® (OAUPE009 – REV. 20 – 22.01.01).



Los cuales se encuentra identificados en color AZUL.


Los cambios presentados serán evaluados a partir del 1° de enero de 2022