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Motociclistas deben portar el casco de protección de manera correcta: ANSV

Motociclistas deben portar el casco de protección de manera correcta: ANSV

Fuente: Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV). 23 de enero de 2021. Motociclistas deben portar el casco de protección de manera correcta: ANSV. Bogotá, Colombia. Recuperado de: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones/9367/motociclistasdeben-portar-el-casco-de-proteccion-de-manera-correcta-ansv/#:~:text=A%20 partir%20de%20este%20s%C3%A1bado,el%20uso%20de%20cascos%20protectores A partir del sábado 23 de enero de 2021 entró a regir la Resolución No. 23385 de 2020, del Ministerio de Transporte, que establece y obliga a los conductores y acompañantes de motocicletas, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos a cumplir con las condiciones mínimas en el uso de cascos protectores. La norma dispone tres buenas prácticas mínimas con el objetivo de disminuir y evitar traumas craneoencefálicos a los usuarios de motocicleta, en caso de un siniestro vial. Según el Observatorio Nacional de Seguridad Vial, en 2020, el 33,2 % de los casos de muerte de los usuarios de motos fueron causados por trauma craneoencefálico.   El Gobierno Nacional hace un vehemente llamado tanto a los usuarios como a los acompañantes de motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos, para que usen de manera adecuada y correcta el casco de protección cuando realicen sus desplazamientos por las carreteras del territorio nacional. Así quedó establecido en la resolución No. 23385 de 2020, del Ministerio de Transporte, en la cual “se establecen las condiciones mínimas para el uso del casco protector para conductores y acompañantes de vehículos tipo motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros, cuatrimotos y se dictan otras disposiciones”, con el fin de garantizar y proteger la vida de los usuarios de estos vehículos. De esta forma, la norma que empezó a regir el 23 de enero y que busca disminuir y evitar traumas craneoencefálicos a los usuarios de motocicleta involucrados en un siniestro vial, y, por lo tanto, muertes o lesiones, establece tres condiciones vitales para el uso de este elemento personal de protección. La primera condición consiste en que la cabeza del usuario de motocicleta debe estar totalmente inmersa en el casco, es decir, debe ocupar toda su cavidad interna para ofrecer la mayor protección posible según su diseño de fabricación. Esto implica que el casco debe estar bien abrochado a través de su sistema de retención, sin correas rotas, ni broches partidos e incompletos. Una segunda medida, también de gran importancia, establece que no se podrán portar dispositivos móviles de comunicación o teléfonos que se interpongan entre la cabeza y el casco, excepto si son utilizados con accesorios o equipos auxiliares que permitan tener las manos libres. Por último, en tercer lugar, la medida indica que, para el caso de los cascos con cubierta facial inferior movible, conocidos comúnmente como abatibles o modulares, la misma siempre debe ir totalmente cerrada y asegurada. El director de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, Luis Lota, destacó que esta nueva resolución es una herramienta más que contribuirá notablemente a salvar las vidas de los motociclistas en las vías porque se alinea con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) referente a la necesidad de contar con normas enfocadas a la calidad y el uso adecuado de estos elementos. “El uso correcto del casco es una de las medidas más efectivas para prevenir fatalidades y mitigar la gravedad de lesiones en conductores y acompañantes de motocicleta, pero solo es efectivo cuando se usa de forma correcta. Acatando estas tres condiciones mínimas contempladas en la resolución, nos protegemos más en las vías”, indicó Lota. El alto funcionario precisó y aclaró que la norma no obliga a cambiar los cascos que se utilizan actualmente si este cumple los requisitos. “Lo que sí recomendamos es reemplazarlo cuando haya sufrido golpes considerables, se encuentre en mal estado o el sistema de retención presente daños o averías que no permitan asegurarlo de manera adecuada”, explicó. Con la expedición de esta resolución, el país, además de contar con un reglamento técnico para la fabricación, importación y comercialización de cascos, contenido en la Resolución 1080 de 2019 y dirigido hacia los fabricantes, importadores y comercializadores, ahora cuenta con condiciones mínimas que los motociclistas deben tener en cuenta al momento de circular en las vías. Principales recomendaciones Además de las condiciones adoptadas en la nueva resolución, la ANSV invita a los usuarios de motocicletas a adoptar las siguientes buenas prácticas como: Adquirir cascos certificados Tener en cuenta la talla al momento de usar un casco. Evitar usar el casco de otro conductor. Mantenerlo limpio y desinfectado en el interior y exterior. No exponerlo a golpes o caídas. Siniestralidad en motos Según el informe de 2020 del Observatorio Nacional de Seguridad Vial, entre enero y diciembre de ese año fallecieron en Colombia 5458 ciudadanos en accidentes de tránsito. Los usuarios de motocicleta son quienes mayor participación tuvieron, con un total de 2908 registros, que representan el 53,28 % del total. Los siguen los peatones, con el 20,67 % de los casos, y usuarios de vehículo, con el 11,43%. El 33,2 % de los casos de muerte de los usuarios de motos fueron causados por trauma craneoencefálico. Los motociclistas pasaron de representar el 24 % de las fatalidades en el tránsito durante 2004, a cerca del 54% en 2019. El incremento en la participación de los usuarios de motocicleta en las fatalidades respecto a los otros actores viales evidencia el aumento que ha tenido la utilización de este medio de transporte durante los últimos 15 años. Con el fin de socializar la norma entre los actores viales, la Agencia Nacional de Seguridad Vial ya ha adelantado diferentes jornadas pedagógicas en todos los departamentos del país, con personal técnico de los municipios, llegando a sensibilizar 901 funcionarios de autoridades locales. Sabías que la Revista Protección & Seguridad en la Comunidad es de acceso libre y podrás leerla desde cualquier lugar. No olvides leer esta segunda edición del año y encuentra un especial sobre las vacunas contra la COVID-19. Accede a la revista completa aquí

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Cómo le fue a Colombia en accidentalidad, enfermedad y muerte laboral en 2018

Cómo le fue a Colombia en accidentalidad, enfermedad y muerte laboral en 2018

Según datos de la Federación de Aseguradores Colombianos (Fasecolda), en 2018 se presentaron 645.119 accidentes con una disminución de la accidentalidad laboral de 2,3% frente al año anterior, por su parte las enfermedades calificadas tuvieron un aumento de 7,1% con un total de 10.435. Con respecto a la mortalidad, aunque no hubo un aumento significativo para 2018, se presentaron 569 muertes de origen laboral. Análisis estadístico de accidentalidad, enfermedad y mortalidad laboral por sector económico 2017 vs 2018 Accidentalidad laboral De acuerdo con el análisis estadístico de accidentalidad laboral, el sector económico con la tasa más alta en 2018 fue minas y canteras, integrado por 24 actividades, entre ellas, explotación minera, extracción de petróleo y gas natural, extracciones minerales, piedras preciosas, entre otras, con una tasa de 13 accidentes por cada 100 trabajadores afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL). En segundo lugar, el sector de agricultura, ganadería, caza y silvicultura con una disminución del 28% y una tasa de 12 accidentes por cada 100 trabajadores. En tercer lugar, el sector construcción con 9 accidentes por cada 100 trabajadores y una disminución del 5% frente al 2017. Con respecto al aumento de la tasa de accidentalidad, por cada 100 trabajadores reportados se puede apreciar, según las cifras de Fasecolda, que el sector servicio doméstico tuvo un aumento del 17% comparado con 2017, administración pública un 4% y servicios comunitarios, sociales y personales un 3%. Enfermedad laboral Los sectores económicos con mayor enfermedad laboral en 2018 fueron: en primer lugar el sector minas y canteras, el cual muestra un aumento del 10% en las enfermedades laborales con respecto al año anterior, con una tasa de 319 trabajadores con enfermedad laboral calificada por cada 100.000 afiliados al SGRL; en segundo lugar, la industria manufacturera con una tasa de 273 trabajadores con enfermedad laboral calificada por cada 100.000 afiliados al SGRL y una disminución del 4%; y en tercer lugar, agricultura, ganadería, caza y silvicultura con una tasa de 244 trabajadores con enfermedad laboral calificada por cada 100.000 afiliados al SGRL, con una disminución del 8%. Los sectores económicos que tuvieron un aumento significativo fueron servicio doméstico con un 57%, pesca con 24% y hoteles y restaurantes con 23%. Muertes laborales calificadas En Colombia en 2018, el sector que más muertes ocasionó fue minas y canteras, con 73 casos de muerte laboral por cada 100.000 trabajadores afiliados al SGRL y un aumento del 7% con respecto a 2017; seguido por transporte, almacenamiento y comunicaciones con 12 casos de muerte laboral por cada 100.000 trabajadores y un aumento del 3%; el tercer lugar fue para el sector eléctrico, agua y gas con un aumento del 27%, respecto al año anterior, con 12 casos por cada 100.000 trabajadores afiliados al SGRL. Análisis estadístico de accidentalidad, enfermedad y muerte laboral por departamento 2017 vs 2018 Accidentalidad De acuerdo con los registros de Fasecolda, Magdalena es el departamento con mayor tasa de accidentalidad en Colombia. Las estadísticas indican que se ocasionaron 10,5 accidentes por cada 100 trabajadores calificados afiliados al SGRL en 2018, observándose un aumento del 4% de la accidentalidad en comparación con el año anterior. En segundo lugar, se encuentra Cundinamarca con una tasa de 8,7 accidentes por cada 100 trabajadores calificados afiliados al SGRL. El departamento presentó una disminución del 6% y representa el 4,3 % de los trabajadores en Colombia afiliados a un sistema de riesgos laborales. El tercer departamento con mayor accidentalidad es Caldas con una tasa de 8 por cada 100 trabajadores calificados afiliados al SGRL y un aumento del 6% para el mismo año.

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Auditoría en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)

Por La auditoría es una herramienta fundamental para el mejoramiento continuo del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. Es una fase que debe afrontar un responsable del SG-SST al ser auditado o al convertirse en auditor, por lo que se deben conocer los pasos para la planificación de la auditoría, así como los tipos de auditorías que puede realizar o recibir la empresa. Para el desarrollo de la misma es importante identificar y conocer los criterios de auditoría frente a los cuales se va a evaluar el cumplimiento, estos se pueden resumir en los requisitos PILO (partes interesadas, implícitos, legales y organizacionales) (Torres M., Guataqui C., & Niño B., 2018) que se observan en la figura 1, la evaluación de estos requisitos permitirá, adicionalmente, identificar oportunidades de mejora que fortalecerán la gestión de la empresa o entidad. Con base en la identificación de estos requisitos se define la orientación de la auditoría, teniendo en cuenta un enfoque basado en riesgos, es decir, centrarse en los principales aspectos para la empresa y no desviarse en detalles que posiblemente sean irrelevantes y desvíen la atención de aquellos elementos clave para la protección de la seguridad y salud de los trabajadores. Generalidades de la auditoría La palabra auditoría se deriva de la palabra latina «audire» que significa oír, escuchar. En términos generales se puede entender que la auditoría es un examen sistemático e independiente del sistema de gestión que se realiza periódicamente y con la frecuencia suficiente para determinar si se está dando cumplimiento a los requisitos legales, procedimientos, planes de acción y demás requisitos PILO que evidencien si se están alcanzando los resultados esperados. Existen diferentes tipos de auditorías las cuales se clasifican de acuerdo con el origen y objetivo de esta teniendo entonces las de primera parte habitualmente conocidas como auditorías internas realizadas por la propia empresa, ya sea con personal propio o contratado. Las de segunda parte son realizadas por clientes, proveedores o partes interesadas y las de tercera parte que representan el mayor grado de independencia al tener como objetivo principalmente la certificación. Las auditorías de primera y segunda parte son los dos tipos de auditorías que se pueden llevar a cabo para el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo definidos en la regulación colombiana, para esta se puede definir el mismo tipo de perfil de auditor, quien debe centrarse en verificar la conformidad del SG-SST. Actualmente, no existe norma colombiana que indique las competencias que debe cumplir un auditor en seguridad y salud en el trabajo, pero sí se establece la obligación de plasmar en el programa de auditoría la idoneidad las personas que van a realizar dicha actividad en la empresa. Algunos elementos mínimos que debería cumplir el perfil del auditor podrían incluir: La definición de estos criterios permitirá a la empresa contar con un equipo de personas idóneas para realizar las auditorías exigidas por dicha norma, ahora bien, si desea ser más exigente puede determinar que todos sus auditores cuenten con licencia en seguridad y salud en el trabajo, nivel de formación mínima en aspectos técnicos de la operación, de la empresa o entidad y demás aspectos que considere de valor para lograr un mejor resultado de la auditoría. A continuación, se presentan algunos perfiles sugeridos que pueden ser tomados como base en la definición de la idoneidad del auditor: RECOMENDACIONES PARA EL AUDITOR: Qué hacer: Qué no hacer: RECOMENDACIONES PARA EL AUDITADO: Qué hacer: Qué no hacer: Finalmente, es importante comprender que los hallazgos resultantes del proceso de auditoría permiten mejorar el desempeño del sistema de gestión, así como, prevenir accidentes y enfermedades laborales, por lo cual, uno de los peores errores será buscar culpables y tomar represarías contra estos. Lo correcto será tomar las acciones correctivas o preventivas que permitan evitar que esto vuelva a suceder o suceda, en conclusión, “se deben buscar causas y no responsables”. Bibliografía:

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