El Sistema General de Riesgos Laborales y la COVID-19

Tomado de: Revista Fasecolda
Germán Ponce Bravo, director de la Cámara Técnica de Riesgos Laborales Fasecolda.

El reto más importante que impone esta pandemia al Sistema de Seguridad Social Integral es articular mecanismos de protección a los trabajadores, de tal manera que todos los componentes del sistema funcionen como si fueran uno solo.

En este sentido, las obligaciones y derechos que configuraron históricamente el rol de los empleadores, trabajadores y aseguradoras de riesgos laborales enfrentan un necesario reacomodamiento por la dificultad de identificar el origen del riesgo, pues la posibilidad de contagio está en todas partes, independientemente del oficio o labor que se realice, y por el reto mayúsculo de realizar una búsqueda activa del virus en la población en general, para prevenir de manera oportuna su propagación.

Estas características conducen al menos a dos situaciones para las cuales nuestro sistema de seguridad El Sistema General de Riesgos Laborales y la COVID-19 social no fue diseñado: el ausentismo preventivo y el suministro de elementos de protección personal (EPP). Frente al primer punto, la contrariedad consiste en que se afectan los ingresos laborales que percibe un trabajador como consecuencia de su necesario aislamiento, con el fin de precaver un eventual contagio de este virus, sin que ello signifique que se encuentre incapacitado para trabajar.

Es un evento ajeno a la seguridad social, pues no se trata de una afectación a la salud que derive en una incapacidad laboral o de origen común; es una medida que busca mitigar el riesgo de contagio, frente a la dificultad de detectar con prontitud a los portadores
asintomáticos. Solucionar el ausentismo preventivo requiere de una intervención desde la política pública, que puede ir desde la suspensión de los contratos de trabajo, el pago desde la nómina (como lo hace el sector productivo), hasta la creación de un subsidio, con todas las complejidades que ello trae, como, por ejemplo, el riesgo moral, el esquema de financiación y su operatividad.

Por lo pronto, es importante considerar la evolución de casos, esto permite tener una idea aproximada de lo que viene. Con corte al 29 de junio, el total de casos reportados a las ARL era de 14.571, de los cuales 4.023 ya estaban confirmados, 2.087 recuperados y había 8.461 sospechosos. Si se comparan estas cifras con las registradas en la semana del 11 al 17 de mayo, cuando inició la apertura gradual de actividades productivas, se ve que los casos confirmados aumentaron un 305% y los sospechosos un 235%.

Tomando la sumatoria de los casos confirmados, recuperados y sospechosos, se evidencia que la apertura de los sectores incidió en el crecimiento de los casos, así: un 243% en el sector salud, un 419% en otros sectores y el 105% en los sectores conexos indicados en el artículo 5 del Decreto 488 de 20201. Este dato es de particular importancia porque refleja que la tasa de contagio obedece a un hecho consecuente a la reactivación económica.




 

Para la protección de estos trabajadores que han sido afectados por la COVID-19 al 29 de junio, el SGRL ha reservado más de $51.000 millones de pesos, de los cuales, el 40.8% se ha destinado para cubrir 13.495 prestaciones asistenciales en salud, se han atendido 8.558 trabajadores de la salud y sectores conexos. (Ver tabla 1).

Así mismo, se han otorgado 13.299 incapacidades temporales durante la pandemia, que representan el 49.5% del total de prestaciones. Las ARL han reconocido 26 pensiones de sobrevivencia, de las cuales el 73% ha sido a personal de salud y otros sectores.

Se presentan al menos dos situaciones para las cuales nuestro sistema de seguridad social no fue diseñado: el ausentismo preventivo y el suministro de elementos de protección personal.

Se han reservado más de $9.000 millones de pesos para atender estas reclamaciones.

Estos datos muestran la capacidad de respuesta, en términos de protección y prevención, del Sistema General de Riesgos Laborales frente a sus empresas y trabajadores.

En cuanto a la segunda de las situaciones para las que nuestro sistema no fue diseñado, la encontramos en los Decretos 488 y 500 de 2020, por los cuales el Sistema General de Riesgos Laborales actúa como un agente complementario y residual frente al empleador, con la entrega de elementos de protección personal (EPP) a los trabajadores.

El SGRL ha reservado más de $51.000 millones de pesos para la protección de los trabajadores que han sido afectados por la COVID-19.

En este sentido, con corte al 29 de junio, las ARL han hecho entrega de 29.4 millones de elementos de protección personal. Durante el mes de junio, el crecimiento promedio semanal ha sido del 9%.

Las entregas se han priorizado en las regiones con mayor número de contagios: Bogotá (9.531.231), Antioquia (3.291.874), Valle del Cauca (2.975.910), Atlántico (2.374.936) y Santander (1.315.653). Por tipo de elementos, las entregas se concentraron en un 62.4% en guantes no estériles, el 21.6% en mascarillas quirúrgicas y un 5.5% en bata manga larga.

La gran conclusión que arroja el comportamiento siniestral, y las prestaciones reconocidas a los trabajadores afectados por la pandemia, es el de una respuesta oportuna e integral por parte del Sistema General de Riesgos Laborales, así como su capacidad de adaptación frente a obligaciones que estaban, por disposición legal, expresamente por fuera del alcance de las aseguradoras, como es el suministro de elementos de protección personal. Quedan retos que deben ser abordados desde la política pública, como el ausentismo laboral preventivo, en el cual, el trabajador no tiene una afectación en su salud, bien sea por origen laboral o común,
que le impida desempeñarse en su labor.

  1. «Artículo 5. Recursos del Sistema de Riesgos Laborales para enfrentar el Coronavirus COVID-19. […] para realizar actividades de promoción y prevención dirigidas a los trabajadores de sus empresas afiliadas, que, con ocasión de las labores que desempeñan, están directamente expuestos al contagio virus, como, trabajadores de la salud tanto asistenciales como administrativos y de apoyo, al igual que los trabajadores de aseo, vigilancia y alimentación, relacionados directamente con la prestación del servicio de salud; trabajadores de terminales de transporte aéreo, marítimo o terrestre, control fronterizo, cuerpo de bomberos, defensa civil y cruz roja, […]»

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