Gestión de la salud desde los estándares mínimos del SG-SST para las pymes en Colombia

Por Leidy Liceth Pérez Claros / Enfermera / Especialista en salud ocupacional, Magíster en salud y seguridad en el trabajo / Líder técnica del CCS 2020 – 2022 / octubre de 2020.

Cómo citar este artículo:
Peréz, L. (2020). Gestión de la salud desde los estándares mínimos del SG-SST para las pymes en Colombia. Revista Protección & Seguridad No. 394 pág. 57-62. Consejo Colombiano de Seguridad.

Introducción

La relación entre la salud y el trabajo ha sido estudiada a través de la historia con un abordaje positivo entendiendo el trabajo como parte fundamental de las dimensiones del ser humano desde una visión holística, no obstante, también su abordaje se ha dado por los impactos negativos sobre la salud, con la presentación de accidentes de trabajo, enfermedades laborales e, incluso, la pérdida de vidas a causa de estos.

La gestión para contrarrestar los efectos negativos del trabajo y garantizar la salud de los trabajadores también ha evolucionado conforme a la visión que se ha tenido del ser humano, puesto que, en un principio y con el nacimiento de la salud pública, la gestión se daba dentro del contexto de un modelo higienista con una visión unicausal que, simplificando su intervención, se dedicaba a atender la enfermedad. Sin embargo, a medida que se estudiaron los determinantes sociales y se entendió su relación con la salud y la enfermedad de los sujetos, esta visión higienista migró a una visión holística, en la que se requería no solo la intervención física, sino mental, emocional, socioeconómica y hasta el abordaje de los procesos que subyacen bajo la distribución de aquellos factores de riesgos o protectores de la salud en los colectivos.

En atención a lo anterior, la gestión de la salud laboral se da desde la transectorialidad y la multidisciplinariedad, razón por la cual existen diferentes sectores y disciplinas cuyo objeto de trabajo es la salud de los trabajadores. En este contexto existe sinergia y complementariedad entre las áreas para abordar a cada trabajador como un ser holístico con unas características individuales, que interacciona con las condiciones intralaborales y extralaborales.

Por su parte, en Colombia, la gestión de la salud de los trabajadores se enmarca en el Sistema de Gestión en la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) y sus actividades se encuentran interrelacionadas con los demás lineamientos, haciendo alusión precisamente al concepto de sistema como un conjunto de elementos interconectados para conformar un todo. Lo anterior, bajo la estructura del ciclo PHVA: Planificar, hacer, verificar y actuar, en el cual se contemplan aquellos aspectos para garantizar lugares de trabajo seguros y saludables. Gestionar la salud de los trabajadores implica establecer actividades de medicina laboral y de prevención y promoción, en conformidad con los focos de intervención identificados según la naturaleza y características tanto externas como internas del contexto de las empresas.

Figura 1. Ciclo PHVA

Específicamente, en la Resolución 312 de 2019 (Ministerio de Trabajo, 2019) se han establecido los estándares mínimos del SG-SST en el marco del Sistema de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL), los cuales fueron clasificados de acuerdo con el número de trabajadores de las empresas y la clasificación del riesgo en el SGRL (riesgo: I, II, III, IV o V); esta resolución se emitió con el objeto de aliviar a las pequeñas y medianas empresas (pymes), al reducir la exigencia de requisitos de seguridad y salud en el trabajo.

Los SG-SST para pymes en Colombia

Las pymes representan un elemento esencial en la economía de todo el mundo y se han definido en cada país por criterios tales como: número de trabajadores, sector económico, activos, ventas, entre otros; particularmente en Colombia, mediante la Ley 905 de 2004 (Congreso de Colombia, 2004), se determinaron como parámetros de clasificación los activos y el número de trabajadores, de la siguiente manera:

Tabla 1. Clasificación de las pymes en Colombia

*SMMV: Salario mínimo mensual vigente.
** UVT: Unidad de Valor Tributario
Fuente: elaboración propia a partir de información de la Ley 905 de 2004.

Por su parte, los estándares mínimos del SG-SST se clasificaron según los siguientes aspectos:

Tabla 2. Clasificación de los estándares mínimo del SG-SST

Fuente: elaboración propia a partir de información de la Resolución 312 de 2019.

En el sentido estricto del cumplimiento de la normatividad relacionada, lo anterior significa que las pequeñas empresas clasificadas en riesgo I, II o III y las clasificadas en riesgo IV o V, deberán cumplir con 7 y 21 estándares mínimos respectivamente, y, por su parte, las empresas medianas, independientemente de su nivel de riesgo, estarían obligadas a cumplir con la totalidad de los estándares. En el presente artículo se presenta el desarrollo de los ítems específicos para gestionar la salud en las pymes.

Gestión de la salud en pymes

Como punto de partida para la gestión de la salud en pymes, se requiere conocer la naturaleza y contexto de la empresa, esto incluye la identificación de los peligros, la valoración y evaluación del riesgo, teniendo en cuenta que, a partir de esta información, se pueden establecer las necesidades específicas para cada caso.

Una vez se conocen los peligros a intervenir, se determinan, en los profesiogramas, los tipos de pruebas médicas a realizar por cada uno de los cargos o áreas de la empresa, estas evaluaciones médicas se definen como un acto médico mediante el cual se interroga y examina a un trabajador, con el fin de monitorear la exposición a factores de riesgo y determinar la existencia de consecuencias en la persona por dicha exposición. Incluye anamnesis, examen físico completo con énfasis en el órgano o sistema blanco, análisis de pruebas clínicas y paraclínicas, y su correlación entre ellos para emitir un diagnóstico y las recomendaciones (Ministerio de Salud y Protección social, 2007). Los tipos de evaluaciones médicas contempladas son:

◥ De ingreso o preingreso: permiten determinar la aptitud del trabajador, sin perjuicio a la salud, para desempeñar el cargo en las condiciones de trabajo correspondientes de la empresa. Producto de esta evaluación, es posible que se determine aptitud al cargo con restricciones o recomendaciones que deben adoptarse en el desarrollo de la labor.
◥ Periódica o por cambio de cargo: este tipo de evaluaciones permite monitorear el estado de salud del trabajador, de acuerdo con la exposición ocupacional e identificar, de forma precoz, posibles alteraciones, tanto de origen común como laboral, para determinar conducta. De igual forma, cuando un trabajador cambia de actividad u oficio se procede a realizar esta prueba para determinar la aptitud en las nuevas condiciones.
◥ Postincapacidad: una vez finalizada una incapacidad médica (sea de origen laboral o común) y según los parámetros definidos en las empresas, se realiza este tipo de pruebas para determinar el estado de salud después de interrupciones prolongadas de la actividad laboral, se busca establecer las recomendaciones necesarias para garantizar la salud del trabajador.
◥ Específicas para la labor: existen otro tipo de pruebas que deben realizarse de forma exclusiva en cumplimiento a la normatividad legal vigente para determinar la aptitud para actividades económicas específicas.
◥ Postocupacional o egreso: al finalizar la relación laboral entre el trabajador – el empleador, se realiza este tipo de pruebas médicas para determinar el estado de salud del trabajador al momento de desvincularse de la empresa.

Estas pruebas deben realizarse por profesionales con licencia en Seguridad y Salud en el Trabajo (exceptuando las circunstancias expuestas en la Resolución 2346 de 2007). Así mismo, se deben garantizar los aspectos de confidencialidad de la historia clínica y custodia de esta.

Seguido de la realización de las evaluaciones médicas, se realiza la caracterización de las condiciones de salud, lo cual se consolida en un documento conocido como: el informe del diagnóstico de las condiciones de salud de la empresa. Este incluye, como mínimo la descripción sociodemográfica de los trabajadores, la caracterización de sus condiciones de salud, la evaluación y análisis de las estadísticas sobre la salud de los trabajadores, tanto de origen laboral como común (dicho análisis debe discriminar por áreas, oficios, procesos, tareas, entre otros), los resultados de las evaluaciones médicas ocupacionales y, finalmente, las recomendaciones a que haya lugar.

Con las fuentes de información correspondientes de las condiciones de salud (con el diagnostico de las condiciones de salud de la empresa y de cada uno de los trabajadores) y de las condiciones de trabajo (con la identificación de peligros, la valoración y evaluación del riesgo) se pueden establecer las actividades de promoción, prevención e intervención de medicina laboral en las empresas.

Una de las principales actividades, es el planteamiento y desarrollo de la vigilancia epidemiológica, siendo el propósito de la vigilancia recomendar sobre bases objetivas y científicas las medidas de acción a diferentes plazos para prevenir y controlar la situación objeto de vigilancia. El producto final de un sistema de vigilancia es la formulación de las medidas específicas de prevención y control (Orjuela, 2010), de tal forma que las actividades deben plantearse de acuerdo con las especificaciones de las condiciones de salud y trabajo de cada empresa, según su naturaleza, contexto y peligros presentes para intervenir de forma oportuna y positiva a los trabajadores. Dichos sistemas tienen definidos unos objetivos, metas cuantificables, indicadores, responsables, acciones, recursos y cronogramas de actividades; así mismo, requieren seguimiento y retroalimentación para actualizar o corregir las estrategias y planes establecidos.

Los objetivos esperados en un sistema de vigilancia se deben orientar a mejorar el nivel de información acerca de los efectos de las condiciones ambientales sobre la salud para deducir las medidas de prevención y de control de las enfermedades causadas por exposición a los factores de riesgo presentes en las condiciones de trabajo; lo cual garantiza una cuidadosa observación de las tendencias de las enfermedades ocupacionales o accidentes de trabajo, sometidas a medidas de prevención y de control, como también la evaluación permanente de la efectividad de dichas medidas (Orjuela, 2010).

Lo anterior se enlaza con el planteamiento del programa de reubicación y/o reincorporación laboral, para acatar las restricciones y recomendaciones médico – laborales emitidas por los médicos tratantes. Estas pueden ser de origen común, emitidas por los médicos que realizan las pruebas médicas ocupacionales de la empresa, o de origen laboral, correspondientes a los casos de accidentes o enfermedades por causa o con ocasión del trabajo. De forma tal que, una vez un trabajador manifieste una novedad en su salud, se le pueda garantizar condiciones de trabajo adecuadas definiendo el caso y determinando conducta; para esto las empresas pueden apoyarse con las áreas de medicina laboral de las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) con el desarrollo de mesas laborales.

Finalmente, frente a la presentación de siniestros laborales, se debe realizar el reporte a las entidades correspondientes en los tiempos estipulados, con la respectiva investigación, de tal forma que se pueda entender la causalidad y el nicho de ocurrencia, y de esta manera se pueda intervenir.

Hasta este apartado se expusieron los ítems generales y requeridos para gestionar la salud en pymes, no obstante, para las medianas empresas (independientemente de la clasificación de riesgo) y para las pequeñas empresas clasificadas en riesgo IV y V se desarrollan requisitos adicionales que se describen a continuación.

Uno de estos requisitos es el análisis del ausentismo laboral, el cual permite conocer el comportamiento de morbilidad de la población trabajadora, consiste en realizar la medición periódica de las estadísticas obtenidas de las incapacidades médicas para caracterizarlas por origen (laboral o común), causalidad, parte del cuerpo afectada, datos sociodemográficos, entre otros. Una vez conocida esta información se plantean análisis tendenciales entre periodos para la toma de acciones en el marco de la vigilancia epidemiológica.

En segundo lugar, se encuentra el planteamiento de un programa con el objetivo de promover entre los trabajadores estilos de vida y entornos de trabajo saludables, incluyendo campañas específicas tendientes a la prevención y el control de la farmacodependencia, el alcoholismo y el tabaquismo, entre otros. Por último, se debe llevar un registro de los indicadores de seguridad y salud en el trabajo, entre los cuales se determina: frecuencia de accidentalidad, severidad de accidentalidad, proporción de accidentes de trabajo mortales, prevalencia de la enfermedad laboral, incidencia de la enfermedad laboral y ausentismo por causa médica, los cuales se muestran con detalle en la Tabla 3.

Abordar la salud de los trabajadores desde un enfoque preventivo se hace fundamental, principalmente en las pymes, puesto que, por sus características, las consecuencias de un siniestro podrían tener mayor impacto en comparación con una gran empresa, causando, incluso, el cierre de esta. Entendiendo estas características, es importante que se reconozcan las necesidades de intervención y se aborde al trabajador holísticamente. Si bien los estándares mínimos del SG-SST plantean algunos lineamientos, en este mismo acto normativo se realizó la aclaración de que el cumplimiento de dichos estándares no exime a los empleadores del cumplimiento de las obligaciones y requisitos contenidos en otras normas vigentes del SGRL; por lo que seguirá siendo un desafío integrar los requisitos al día a día de las pymes, con el fin último de garantizar lugares seguros y saludables para los trabajadores.

Tabla 3. Indicadores requeridos en los estándares mínimos del SG-SST

Fuente: elaboración propia a partir de información de la Resolución 312 de 2019.

Referencias

◥ Congreso de Colombia. (2004). Ley 905 de 2004. Por medio de la cual se modifica la Ley 590 de 2000 sobre promoción del desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresa colombiana y se dictan otras disposiciones. Colombia.
◥ Ministerio de Salud y Protección Social. (2007). Resolución 2346 de 2007. Por la cual se regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales. Colombia.
◥ Ministerio de Trabajo. (2019). Resolución 312 de 2019. Por la cual se definen los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST. Colombia.
◥ Orjuela, M. E. (2010). La Vigilancia Epidemiológica, un asunto que requiere precisión. VIII Congreso Internacional de Prevención de Riesgos Laborales ORP2010, 8 – 9. España.