ABC de la Circular 72: autoevaluación y planes de mejoramiento en SST
¡Atención! El CCS informa a la comunidad de la prevención que de acuerdo a lo definido en la Circular 0072 del 2021 sobre el registro de autoevaluaciones y planes de mejoramiento del Sistema de Gestión de SST el Ministerio del Trabajo ha difundido la ampliación del plazo para el registro de estos importantes elementos para la mejora del SG SST definiéndose como límite hasta el 28 de febrero del 2022 en el portal del Fondo de Riesgos Laborales. La autoevaluación al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) es un proceso clave para: Identificar prioridades y necesidades en SST Definir las rutas de acción más elementales para fortalecer los controles a los riesgos Establecer el Plan de Mejoramiento y de trabajo anual para el periodo siguiente. Con la expedición de la Circular 72 de 2021, el Ministerio del Trabajo invita a todos los empresarios de Colombia a registrar los resultados de la autoevaluación al SG-SST y, de acuerdo con ellos, establecer el Plan de Mejoramiento en SST para 2022. Para dar cumplimiento, el Consejo Colombiano de Seguridad entrega las siguientes recomendaciones: 1. La autoevaluación al SG-SST debe realizarse de acuerdo con los estándares mínimos de la Resolución 0312 que le apliquen a la empresa, dependiendo su tamaño y nivel de riesgo. Debe evaluar el cumplimiento de ítems, como la asignación del encargado de diseñar el SG-SST, la asignación de responsabilidades y recursos, afiliación a seguridad social, conformación y formación del COPASST y del Comité de Convivencia Laboral; política y objetivos en SST, programa de formación en SST, plan anual de trabajo, identificación de peligros y valoración de riesgos, perfiles de cargo, restricciones médico laborales, reporte de accidentes de trabajo y enfermedades laborales, índices de accidentalidad, investigación ATEL, entrega y gestión de EPP, plan para preparación y respuesta a emergencias, auditorías, entre otros. 2. De acuerdo con los resultados obtenidos en la autoevaluación de los estándares mínimos de SST, el empleador deberá tomar algunas acciones dependiendo del porcentaje obtenido, así: Debajo del 60 %: valoración crítica. Se deberá tener a disposición de Ministerio del Trabajo el plan de mejoramiento, enviar avances de mejora en máximo tres meses a la ARL y tener seguimiento anual. Puntaje entre 60 % y 85 %: moderadamente aceptable. Se deberá tener a disposición de Ministerio del Trabajo el plan de mejoramiento, enviar avances de mejora en máximo seis meses a la ARL y tener un plan de visita. Puntaje mayor a 85 %: aceptable. Se deberá tener la calificación y evidencias a disposición del Ministerio del Trabajo, e incluir en el Plan de Anual de Trabajo las mejoras detectadas. 3. De acuerdo con los resultados de cumplimiento del SG-SST respecto de la autoevaluación (Tabla de Valores y Calificación de los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de SST, mediante el diligenciamiento del formulario de evaluación establecido en el artículo 27 resolución 0312), se establece el Plan de Mejoramiento en SST, mediante el cual se busca cerrar las brechas identificadas y promover la mejora continua del SG-SST. Según la resolución 0312, el plan de mejoramiento debe contener, como mínimo: Las actividades concretas para desarrollar. Las personas responsables de cada actividad de mejora. El plazo determinado para su cumplimiento. Los recursos destinados para las acciones de mejora. Fundamentos y soportes de la efectividad de las acciones y actividades, para subsanar y prevenir que se presenten en el futuro hechos o situaciones que afecten el bienestar y salud de los trabajadores o terceros. 4 Se deberá enviar copia (vía correo electrónico o en documento físico) del resultado de la autoevaluación y del plan de mejoramiento en SST a las ARL, para realizar el análisis técnico, emitir comentarios y recomendaciones para la organización. Igualmente, se deberán registrar en la página del Fondo de Riesgos Laborales de Ministerio del Trabajo antes del 31 de enero de 2022 (www.fondoriesgoslaborales.gov.co/reporte-autoevaluacion-de-estandares-minimos-sg-sst/). Fuente: Resolución 0312 de 2019, Circular 072 de 2021 ¿Deseas más información? Le invitamos a consultar la sesión explicativa en el siguiente enlace: bit.ly/CCS_Circular72
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