Estrategias para la administración de actividades de salud en el trabajo dirigidas a profesionales de áreas diferentes a la salud
Nasli Miranda Arandia Ingeniera Industrial, especialista en Higiene y Salud Ocupacional / Magíster en Sistemas Integrados de Gestión. Las actividades de medicina preventiva en los entornos laborales tienen entre sus propósitos controlar el impacto negativo de los peligros sobre las condiciones de salud de los trabajadores durante el desarrollo de sus actividades (Departamento de Empresa y Empleo, 2013). Se entiende por salud laboral o salud en el trabajo aquella que tiene como finalidad «promover y mantener el más alto nivel de bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las profesiones; prevenir todo daño causado a su salud debido a las condiciones de su trabajo; protegerlos contra los riesgos resultantes de la existencia de agentes nocivos a su salud; ubicar y mantener al trabajador en un empleo acorde con sus aptitudes fisiológicas y psicológicas y, en resumen, adaptar el trabajo al hombre y cada hombre a su tarea» (OIT, 1998). Las actividades de medicina preventiva en el trabajo constituyen una parte fundamental dentro del sistema de gestión y requieren experticia y competencia para su administración. La Guía RUC® define en su numeral 3.2.4 que “las empresas deben demostrar la existencia de un Subprograma de Medicina Preventiva y del Trabajo, presentar las estrategias y recursos para su realización y contar con un profesional del área de la salud con experiencia y licencia en Seguridad y Salud en el Trabajo” (RUC, 2021). Si bien es claro que las actividades de medicina preventiva en el trabajo deben ser desarrolladas por profesionales competentes en el área, existen limitantes en cuanto a la disponibilidad de recursos para las micro, pequeñas y medianas empresas. Estas conforman el 90 % del tejido empresarial colombiano (Ministerio del Trabajo, 2019) y suelen enfrentar limitaciones y dificultades para contar con profesionales en el área de medicina u otras áreas de la salud de manera permanente. En muchos casos, las organizaciones cuentan con el apoyo ocasional de estos profesionales para el diseño de las medidas de prevención y la ejecución de actividades especializadas en salud en el trabajo —exámenes médicos ocupacionales, aplicación de diagnósticos de riesgo psicosocial, estudios de puestos de trabajo, entre otros—, pero el desarrollo de las actividades preventivas queda en manos de los responsables del sistema de gestión en seguridad y salud en el trabajo, siendo estos, por lo general, profesionales en áreas diferentes a las de la salud. Este artículo tiene como propósito revisar algunos lineamientos básicos de apoyo para la administración de las actividades de salud en los entornos laborales por parte de los responsables del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) que no cuentan con una formación específica en áreas de la salud, de cara a los lineamientos normativos y parámetros definidos dentro de la Guía RUC® y bajo el cumplimiento de las responsabilidades que tiene la empresa como empleador. Para poder identificar los componentes básicos dentro de la administración de las actividades de salud en el trabajo dentro del SG-SST se abordarán nueve componentes principales que constituyen el ciclo de seguimiento y prevención (ver figura 1). Así mismo, se revisará cómo desde la óptica del responsable del SG-SST se deben planear y ejecutar las actividades. Identificación de peligros evaluación y valoración de riesgos (IPEVR) La empresa debe identificar los peligros que pueden generar afectaciones a la salud de los trabajadores, valorando el nivel de riesgos con el fin de priorizar las actividades de intervención e integrarlas a las actividades del plan anual de trabajo en SST y de los respectivos programas de gestión, según aplique. Exámenes Médicos Ocupacionales (EMO) Los exámenes médicos ocupacionales son el mecanismo para verificar y hacer seguimiento a las condiciones de salud de cada trabajador. Permiten identificar, con un enfoque preventivo, posibles patologías que puedan llegar a verse afectadas por el desarrollo de la actividad laboral. Para realizar una adecuada gestión de los EMO la empresa deberá considerar lo siguiente: Procedimiento: la organización debe establecer un procedimiento para la realización de exámenes médicos ocupacionales de ingreso, periódico, post incapacidad, reubicación laboral o por retiro, acorde con los lineamientos de la Resolución 2346 de 2007. Dicho procedimiento deberá ser divulgado entre los responsables del proceso de contratación y retiro de trabajadores, de forma que el proceso de remisión no recaiga solo en el responsable del SG-SST lo que puede generar incumplimientos en caso de omisión. Profesiograma: la definición del tipo de exámenes a realizar, la periodicidad y los criterios de aptitud laboral de los mismos se realiza con base en el análisis del perfil del cargo, las actividades a realizar y los peligros presentes en la tarea. Este análisis debe ser desarrollado por un profesional del área de la salud (médico con licencia en SST) y generará como resultado un documento denominado profesiograma, el cual será utilizado por la organización como guía en la programación de sus EMO. Remisión a exámenes médicos: para proceder con la realización de los EMO, la organización debe considerarlo siguiente: • Asegurar que los EMO sean realizados por un profesional en medicina con licencia vigente en SST.• Verificar que la IPS que va a prestar el servicio cumpla con los criterios del procedimiento de selección de proveedores de la organización, donde se deberá verificar que cuente como mínimo con: habilitación de la Secretaría de Salud para prestar los respectivosservicios de salud, licencia en SST, profesionales idóneos y equipos e instalaciones adecuadas para llevar a cabo las valoraciones requeridas según el profesiograma de la empresa. • Contar con un acuerdo que garantice la custodia de las historias clínicas por parte de la IPS o del profesional en medicina laboral que realiza los EMO.• La remisión a exámenes médicos debe considerar lo definido en el profesiograma.• Informar al médico que realiza lasEMO los perfiles de cargos con descripción de las tareas y el medio en el cual se desarrollará la respectiva labor (Ministerio del Trabajo). Se debe tener en cuenta que este criterio es de obligatorio cumplimiento por parte de las empresas de más de 50 trabajadores clasificadas con riesgo