Comunidad

Jerarquía de controles para reducir la exposición a productos químicos

Por Andrés Camilo Hernández Salamanca / Asesor Técnico de CISPROQUIM® / Consejo Colombiano de Seguridad (CCS) / enero 2020 / Bogotá, Colombia. Cómo citar este artículo:Hernández,AO. (2020). Jerarquía de controles para reducir la exposición a productos químicos. Revista Protección & Seguridad. pág. 47-54. Consejo Colombiano de Seguridad. https://ccs.org.co/portfolio/jerarquia-de-controles-para-reducir-la-exposicion-a-productos-quimicos/ Introducción Dentro de la gestión que realiza una empresa, sin importar su actividad económica, debe garantizar diferentes factores como el cumplimiento de estándares de calidad, el aumento de la productividad, manejar una imagen favorable interna y externa, proporcionar un ambiente seguro, entre otros; sin embargo, cuando se trata de compañías las cuales producen, manejan, distribuyen, almacenan o dentro de su proceso está involucrada una sustancia química, toma gran importancia el propender por un ambiente seguro debido a que los productos y/o las sustancias químicas pueden presentar características intrínsecas que tengan algún potencial de causar afectaciones a la salud de los trabajadores, al ambiente o a las instalaciones (Martín Penella, 2014). En consecuencia, dentro de una empresa que en sus actividades exponga a los trabajadores a productos químicos, se debe realizar una gestión detallada referente a la seguridad y salud en el trabajo, la cual esté directamente enfocada en la higiene industrial, la seguridad industrial y la seguridad de procesos, y que permita informar, capacitar, proteger y brindar un entorno seguro y saludable a los trabajadores (Organización Internacional del Trabajo, 2014). Por esa razón, teniendo en cuenta la normatividad colombiana relacionada con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, en el artículo 2.2.4.6.7. del Decreto 1072 de 2015 del Ministerio del Trabajo, se establece que las empresas dentro de su Política de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) deben tener como uno de los objetivos el de “realizar la identificación de los peligros, evaluar y valorar los riesgos y establecer los respectivos controles”, con el fin de proteger la seguridad y la salud de todos los trabajadores (Ministerio del Trabajo, 2017). De esta forma, como primer paso se debe realizar una búsqueda detallada de todas las situaciones o fuentes las cuales podrían causar daños a los trabajadores tales como lesiones, accidentes, enfermedades laborales e incluso fatalidades. Es por esto que se hace determinante realizar una adecuada observación, inspección y auditorias del sitio de trabajo, un análisis de seguridad laboral, un análisis de accidente previos, entre otras alternativas que permitan identificar los peligros a los cuales están expuestos los trabajadores (EMC Insurance Companies, 2013). Seguido a eso, se hace indispensable realizar una evaluación del riesgo que tiene cierto peligro sobre el trabajador, teniendo en cuenta factores como la probabilidad de que ocurran y el impacto que tienen en caso de que se presente el evento; dando como resultado generalmente una matriz que determina el nivel de riesgo y lo cataloga como bajo, moderado o alto. Determinación de controles Al tener identificados los peligros y evaluar los riesgos a los cuales están expuestos los trabajadores, se deben tomar una serie de medidas tanto preventivas como correctivas, las cuales permitan controlar los peligros identificados y corregir las condiciones inseguras en los lugares de trabajo; considerando que al momento de establecer los controles se deben priorizar aquellos riesgos valorados como moderados y altos (“Controlling risks – WorkSafeBC,” n.d.). En la figura 1, se ilustra un ejemplo de matriz de evaluación de riesgos y se señalan los niveles que deben ser prioritarios para su control. Figura 1. Matriz de evaluación de riesgos. Fuente (adaptado de): Controlling risks – WorkSafeBC. (n.d.). De manera que, para realizar el control de los riesgos valorados, como primera medida se debe establecer si los controles que actualmente se están ejecutando dentro de la compañía son los adecuados para reducir o mitigar la exposición de los trabajadores a los peligros, o si por el contrario se requiere de la implementación de nuevos controles más eficaces para la prevención de enfermedades laborales o incidentes. Debido a lo anterior, en caso de que se requiera de nuevos controles, se debe realizar una búsqueda exhaustiva de todas las posibilidades que se puedan aplicar para realizar esta labor. Sin embargo, se puede llegar a tener un sinnúmero de opciones por las cuales se puede abordar el riesgo, y por esta razón en ocasiones existe la probabilidad de seleccionar un control que no proteja de forma efectiva al trabajador. Jerarquía de controles Por consiguiente, antes de seleccionar el control que sea más idóneo, se debe tener en cuenta toda la reglamentación pertinente en la cual se indique de forma específica la manera o el método con el cual se debe hacer el tratamiento y el control de los riesgos (Canadian Centre for Occupational Health and Safety, 2018). Si no existe alguna normatividad que regule el peligro a controlar, se debe adoptar una metodología la cual de forma sistémica permita aplicar un orden de prioridades en la búsqueda de medidas de control y de esta manera aumentar la protección, la seguridad y la salud a los trabajadores; en ese sentido se ha instaurado la jerarquía de controles de riesgos la cual clasifica los posibles controles en un orden decreciente según su efectividad. La jerarquía de controles define cinco herramientas que se encuentran posicionadas de acuerdo a un orden de prioridad con el objetivo de reducir los riesgos al nivel más bajo posible, de ahí que, según la jerarquía de controles, la medida con mayor efectividad es la eliminación de los peligros y la medida que tiene un menor grado de efectividad es la protección de los trabajadores al peligro por medio de Elementos de Protección Personal (EPP). Del mismo modo, a fin de establecer la funcionalidad de los diferentes tipos de controles, se ha planteado una clasificación la cual agrupa varios controles dependiendo de la causa o fuente a la cual se le va a aplicar el control; por un lado, se tienen los “controles duros” los cuales están directamente enfocados a realizar la eliminación o la reducción del peligro, y se encuentran conformados por los controles denominados como “Eliminación”, “Sustitución” y “Controles de ingeniería”;

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Protección contra incendios en monumentos y edificios históricos

Por Óscar Mauricio Barajas Pinzón / Ingeniero mecánico / Magíster en Automatización Industrial / Loss Prevention Department – Saudi Aramco / mayo de 2020 / Abqaiq – Arabia Saudita. Cómo citar este artículo:Barajas, O. (2022). Protección contra incendios en monumentos y edificios históricos. Revista Protección & Seguridad. pág. 42-46. Consejo Colombiano de Seguridad.  Introducción Existen edificaciones especiales tales como museos, librerías e instalaciones con alto significado histórico. Estas edificaciones son de densa concurrencia y visita y, a su vez, algunas de ellas almacenan objetos de gran valor histórico y cultural. Muchas de estas piezas artística contienen materiales combustibles, especialmente asociados con incendios Clase A que incluyen materiales sólidos como madera, papel, cartón y plástico. Estas edificaciones constituyen retos especiales en protección contra incendios. Dado el gran valor histórico y económico de los elementos almacenados allí y el alto grado de concentración de personas en estos lugares, es necesario discutir la importancia de implementar sistemas de protección contra incendios que se ajusten a la configuración, necesidades y riesgos asociados. Fotografía 1. Incendio de Notre Dame. Paris, Francia. Abril de 2019. El presente artículo busca explicar y describir a grandes rasgos los aspectos más relevantes a considerar cuando se necesita implementar sistemas de protección contra incendio en edificios históricos, museos y bibliotecas. Referencias documentales y normativas Deferentes referencias pueden consultarse sobre este tema. Las publicaciones del SFPE han considerado este tópico en el ámbito de diseño basado en desempeño. Muy importante es la norma NFPA 909 “Code for the protection of Cultural Resource Properties – Museums, Libraries, and places of Worship” y NFPA 914 “Code for Fire Protection of Historic Structures”. [1]. Otras importantes referencias son las siguientes:◥ NFPA 101A “Guide on Alternative approaches to Life Safety”.◥ NFPA 5000 “Building Construction and Safety Code”.◥ TORERO, José L. Fire Safety of Historical Buildings: Principles and Methodological Approach. [2]. Contexto histórico Los siguientes tres ejemplos ilustran el nivel de magnitud del problema,la identificación de causas comunes y la identificación de las potencialesconsecuencias de estos incendios en edificios históricos: Como consecuencia de estos dos últimos incendios en la 44ª sesión del World Heritage Committe de la UNESCO, inicialmente programada para junio-julio de 2020, se espera que se consideren propuestas para reforzar la protección de lugares de herencia cultural y tesoros nacionales y hacer un llamado para la instalación de sistemas de rociadores y conexión de mangueras y reemplazo de sistemas eléctricos obsoletos para proteger las instalaciones y a los turistas. Se espera como parte de la reunión, que la UNESCO haga un llamado a los propietarios y administradores de sitios históricos para formular planes de manejo de emergencias, conducir simulacros de emergencia y reforzar medidas contra incendio y monitoreo, especialmente en horas nocturnas [15]. Factores que influyen en el desarrollo de incendios en edificaciones históricas y museos Fotografía 2. Fire at Windsor Castle – 1992. Hurley [3], sostiene que los edificios históricamente significativos representan una dicotomía de seguridad contra incendios. Por un lado, es necesario reducir la vulnerabilidad de la edificación al fuego. La reducción de la vulnerabilidad al fuego podría implicar la instalación de medidas de seguridad contra incendios, como sistemas de detección, sistemas de supresión o contención de incendios. Por otro lado, es necesario evitar las actualizaciones de seguridad contra incendios que dañarían el tejido histórico de un sitio patrimonial. Se desea evitar incendios que puedan dañar o destruir un edificio que tiene muchos años. Las características de seguridad contra incendios bien intencionadas no deben dañar ni destruir las mismas características que están destinadas a ser protegidas. En este orden de ideas, los siguientes factores deben tenerse en cuenta para valorar el riesgo de incendio en edificaciones históricas, monumentos y librerías: Antes de comenzar cualquier actualización de seguridad contra incendios, primero es necesario comprender y apreciar la naturaleza histórica del edificio. A través de este entendimiento, es posible evitar medidas que, aunque bien intencionadas, causarían daños irreparables. Watts [4] identifica cinco problemas comunes asociados con el cumplimiento de los requisitos de seguridad contra incendios en edificios históricos: Se estima que menos del 20% de los museos son modernos, estructuras construidas específicamente, donde se han observado los códigos de construcción de protección contra incendios apropiados. Tales edificios serán capaz de proporcionar protección de primera clase incluyendo [5]: ◥ Compartimentación contra incendios.◥ Equipo de alarma y detección de incendios de última generación.◥ Control de humo◥ Múltiples rutas de salida◥ Sistemas de extinción a medida. La integración de medidas apropiadas de protección contra incendios en edificios antiguos siempre exigirá cierto grado de compromiso. Prevención de incendios en edificios históricos y culturales McDaniel [6] sostiene que la prevención de incendios en edificios históricos puede implementarse mediante el uso de 4 estrategias: Fotografía 3. Incendio del Castillo de Shuri en Okinawa. 2019. Diseño basado en desempeño como estrategia para evitar incendios en edificios históricos y centros culturales. En general, es posible considerar los criterios de diseño basado en el rendimiento para cumplir con los objetivos de seguridad de vida de un edificio histórico y al mismo tiempo preservar los elementos históricos. Hurley [3] especifica que el diseño podría hacerse sobre una base de desempeño real, donde el enfoque se centra únicamente en cumplir con las metas y objetivos, o sobre una base comparativa, donde se consulta un código prescriptivo, pero agregando medidas alternativas para cumplir las disposiciones. Este último sigue siendo un diseño basado en el rendimiento, aunque con un enfoque más estrecho. Karlsson y Quintiere [7] sostienen que el diseño basado en desempeño es una filosofía con la cual los arquitectos, ingenieros civiles e ingenieros en protección contra incendios buscan construir edificaciones y recintos lo suficientemente seguros como para no generar incendios, o si estos se generan, para facilitar la evacuación segura y oportuna de sus ocupantes con mínimas pérdidas. Los criterios de desempeño son un conjunto de valores umbrales que deben considerarse durante el proceso de diseño basado en desempeño, los cuales se pueden aplicar en edificaciones históricas. Por ejemplo, los criterios de desempeño para la supervivencia y evacuación segura de los ocupantes de una edificación,

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Más de 3,7 billones de pesos en pérdidas podría dejar el Fenómeno de El Niño en la productividad laboral de Colombia

Bogotá D.C., julio 5 de 2023. La economía colombiana podría afrontar pérdidas en la productividad laboral estimadas en más de 3,7 billones de pesos debido al Fenómeno de El Niño, evento que, según el Centro de Predicción Climática de la Administración Nacional del Océano y de la Atmósfera de los Estados Unidos (CPC/NOAA, por sus siglas en inglés) tiene entre un 89 y un 94 % de probabilidades de desarrollo para el segundo semestre del año y produciría un aumento significativo en las temperaturas del país y escasez de agua en algunas de sus regiones. Si bien el impacto de las sequías en el mercado laboral ha sido ampliamente medido en el sector agrícola por ser uno de los más afectados, el efecto también se evidencia en grandes ciudades y áreas metropolitanas. En 2019, el Banco Mundial analizó el impacto de las sequías sobre las horas trabajadas e ingresos de los trabajadores del sector formal e informal en las principales ciudades de América Latina, entre ellas 22 ciudades de Colombia. Los principales resultados de este estudio indican que los periodos de sequía producen una disminución del 0,6 % en las horas laborales de los trabajadores formales. La peor parte la llevan los trabajadores informales cuyas horas trabajadas se reducen en un 4,5 %, lo que genera una pérdida del 6,4 % en sus ingresos laborales mensuales. Con base en esta información, el Consejo Colombiano de Seguridad (CCS) estimó el impacto que el Fenómeno de El Niño generaría en el mercado laboral de las principales ciudades y áreas metropolitanas durante los próximos 10 meses. Para el cálculo, tomó el salario promedio mensual reportado por el Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana, estimado en $2.098.239 para el sector formal y $901.246 para el sector informal. Adicionalmente, incorporó los datos de población ocupada reportados por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) con corte a abril de 2023; esto es, 6.734.431 personas ocupadas en el sector formal y 4.996.626 en el informal[1]. De esta forma, se estimó que la población ocupada informal dejaría de percibir 2,88 billones de pesos mientras que las pérdidas para el sector formal alcanzarían los 838 mil millones; es decir, un total de más de 3,7 billones de pesos. Realizando un comparativo, esta cifra equivale a aproximadamente el 0,25 % del PIB nacional y casi el 20 % de lo que pretende recaudar la más reciente reforma tributaria en 2023. Desagregando estas pérdidas a nivel geográfico, Bogotá aportaría 1,08 billones, seguida por Medellín (592 mil millones), Cali (386 mil millones) y Barranquilla (343 mil millones). Cabe mencionar que el costo para el sector informal lo asume el propio trabajador, dejando de percibir esos ingresos u obligándolo a trabajar más horas al día para reponer dichas pérdidas. Por el contrario, para el sector formal, este costo lo asume el empleador, al disminuir las horas trabajadas de sus colaboradores y/o teniendo que asumir el costo de horas extras. “La reducción del 6,4 % en los ingresos laborales de los trabajadores informales durante las sequías es motivo de preocupación ya que dificulta aún más los esfuerzos para reducir la pobreza, especialmente en el contexto actual”, afirma Adriana Solano Luque, presidenta ejecutiva del Consejo Colombiano de Seguridad, durante del 56 Congreso de Seguridad, Salud y Ambiente, en el marco del cual se lleva a cabo el III Foro Regional de la Alianza del Sector Privado para Sociedades Resilientes ante Desastres (ARISE). No obstante, Solano enfatiza en que es importante tener en cuenta que el impacto puede ser mucho mayor ya que el análisis no contempló ciudades intermedias, pequeños municipios, cascos urbanos y áreas rurales donde se concentra un gran porcentaje de los trabajadores informales ligados a las actividades agropecuarias. Principales causas del deterioro en la productividad El incremento de las temperaturas como consecuencia de un Fenómeno de El Niño intenso es la principal causa de la disminución de horas trabajadas, especialmente, en el sector informal o en trabajadores formales cuya labor se lleva a cabo en exteriores. Esto se debe al estrés calórico que no solo disminuye la productividad del trabajador, sino que también genera efectos negativos para la salud ya que la presencia prolongada en ambientes muy calurosos puede resultar en un aumento excesivo de la temperatura corporal y desencadenar emergencias. De acuerdo con la Organización Internacional del Trabajo (OIT), cuando la temperatura supera los 33 °C, con una intensidad de trabajo moderada, los trabajadores pierden hasta un 50 % de su capacidad laboral. Incluso, pueden fallecer si la temperatura supera los 40,6 °C. Aunque el fenómeno afecta a trabajadores de diversos sectores, hay ciertas ocupaciones que enfrentan mayores riesgos debido a la intensidad física requerida o al hecho de ser desempeñadas al aire libre. Algunos ejemplos incluyen la agricultura, los servicios ambientales, la construcción, la recolección de residuos, el transporte y el turismo, muchos de los cuales concentran una gran proporción de mano de obra informal. En el sector formal, por su parte, los trabajadores que laboran en espacios cerrados como fábricas y oficinas enfrentan riesgos si los niveles de temperatura no se controlan adecuadamente. Su incremento puede generar fatiga mental y/o física, náuseas, aceleración del pulso cardiaco, entre otros signos y síntomas. Además, las altas temperaturas pueden afectar la concentración, la coordinación y la toma de decisiones, lo que aumenta el riesgo de accidentes laborales. De igual manera, las empresas pueden experimentar una escasez de mano de obra en áreas mal acondicionadas donde las personas no están dispuestas a trabajar por el salario actual. Por el contrario, los trabajadores en ambientes climatizados estarán mucho más cómodos y serán más productivos, pero las organizaciones deberán costear el incremento en el consumo de energía, recurso que se limita en temporadas secas debido al descenso en el nivel de los embalses. Por otra parte, la poca disponibilidad de agua o los racionamientos producto de las sequías también generan pérdida de horas laborales e, incluso, pérdida completa de empleos. De acuerdo con la ONU, al menos tres de cada cuatro empleos en el

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Desnudos y sin límites. El impacto social y ambiental de la producción de ropa

Por: Alejandro Aldana Pérez / Químico / Magíster en Química / diciembre 2019. Cómo citar este artículo:Aldana, A. (2020). Desnudos y sin límites. Revista Protección y Seguridad. Enero – Febrero 2020 pág. 29-32. Consejo Colombiano de Seguridad. https://ccs.org.co/portfolio/desnudos-y-sin-limites-el-impacto-social-y-ambiental-de-la-produccion-de-ropa/ El escritor William Ospina (2016), en su ensayo titulado Parar en seco dice lo siguiente: “…cada invento trae aparejado su accidente, de modo que, al inventar la navegación, surgió la posibilidad del naufragio, al inventar el coche la posibilidad de “crash” y al inventar las máquinas voladoras la posibilidad del siniestro aéreo…” Esta tesis manejada por el escritor tolimense puede extenderse hacia muchos frentes. No obstante, la invención a la cual haremos referencia está relacionada con la protección y la moda: la ropa. La ropa es una invención humana que satisface dos necesidades. La primera de estas se vincula con la defensa. La ropa cumple el papel de salvaguardar a los humanos de la intemperie. En un principio, el vestuario fue concebido con el propósito de brindarnos calor, de aislarnos del sol, el viento, la nieve y ser barrera del agua en los días lluviosos. Luego, la misión de resguardar se extendió al campo laboral. Por eso, es común ver a médicos y a los profesionales que trabajan en laboratorios de ensayos con batas como elemento de protección personal. Dependiendo de la profesión podemos encontrar trajes con tecnología. Por ejemplo, en el caso de un bombero, su ropaje está elaborado con materiales especiales que lo protegen contra las llamas. En fin, la principal función de la ropa es protegernos. El segundo objetivo que cumple la vestimenta se relaciona con la estética y la apariencia. Sin estas no existirían los colorantes y pigmentos. Para nadie es un secreto que los colores le otorgan vida a las prendas de vestir. El color le aplica a los vestidos, camisas, corbatas, medias, pantalones y “jeans” toques artísticos y de exclusividad. También, la confección le otorga estilo y glamur al vestido. En conclusión, la moda le concede singularidad a la ropa y ese aspecto genera deleite al ser humano. Sin embargo, en consonancia con la tesis manejada por el escritor William Ospina, la ropa también trae aparejado su accidente: su impacto al medioambiente. Y para corroborar esto, traemos a colación un fragmento de un informe de la Fundación Ellen MacArthur, publicado por el diario El Espectador bajo el título: El verde es el nuevo negro o cómo la industria de la moda podría ser sostenible. Este documento dice lo siguiente: “Al retroceder hasta el inicio del ciclo de producción de la ropa, desde los fertilizantes para sembrar el algodón, el agua necesaria para regar los cultivos y hacer las telas- 93000 millones de metros cúbicos de agua al año-, pasando por los químicos necesarios para teñir la ropa y los derivados del petróleo necesarios para hacer algunas fibras artificiales; es posible entender porque la industria de la moda emite 21 veces más CO2 que la industria del transporte del mundo” (Rubiano, 2017). Esta información es abrumadora; no obstante, es la realidad y la industria textil debe tomar conciencia de la situación. En ese contexto, uno podría ir a los extremos y proponer una solución radical: la desnudez. No obstante, esto es absurdo, la ropa es un elemento esencial para la humanidad que se seguirá produciendo, y en ese orden de ideas lo que la especie humana debe hacer es enfocar sus esfuerzos en aras de mitigar la huella negativa que produce la invención de la ropa sobre el medioambiente. Por otra parte, teniendo un contexto concerniente a la situación de la ropa en torno al medioambiente, es pertinente aclarar que no se ha hecho referencia a lo peligroso que es elaborar prendas de vestir para la salud humana. Y en esta ocasión no tengo un dato, como el expuesto por la Fundación Ellen MacArthur, que soporte esta afirmación. No obstante, para la fabricación de artículos asociados al vestuario es necesario el empleo de sustancias químicas y ellas poseen peligros intrínsecos que pueden afectar la salud del ser humano. Debido a esto, se han creado en el mundo sistemas de comunicación de peligros que han sido concebidos con el objeto de mitigar el impacto de la producción de la ropa u otro elemento sobre el medioambiente y la salud del hombre. Y aquí es importante esclarecer que, cada sistema de comunicación de peligro y política ambiental tienen sus reglas de juego y definiciones. Por esta razón, a continuación, trataremos un escenario a modo de ilustración. En una ocasión un cliente de la compañía donde laboro expuso la tesis de considerar los productos inflamables como no ecológicos. La proposición fue motivo de controversia. En principio, era inconcebible dicha afirmación. Sin embargo, este escenario ponía en evidencia la importancia de conocer la función y los límites de los sistemas de comunicación de peligros. En concordancia con esto y con el objeto de tratar de dilucidar la situación planteada arriba, es pertinente recurrir a las definiciones. En ese sentido, vamos a echar mano de la definición de ecología de la Real Academia Española de la Lengua. Según la RAE (2019), la ecología es la ciencia que estudia los seres vivos como habitantes de un medio y las relaciones que mantienen entre sí y con el propio medio. En otras palabras, examina las interacciones entre organismos vivientes y cómo estos se relacionan con su hábitat. En ese marco, si consideramos a un trabajador como un ser vivo y como entorno a una bodega de químicos, podríamos registrar las posibles conexiones con el potencial de llevarse a cabo entre ese individuo y esas sustancias químicas. Este tipo de interacción hombre y sustancia química es estudiada por la salud ocupacional, la higiene industrial y la toxicología laboral. Es decir, de los vínculos existentes entre el humano, el hábitat y las sustancias químicas han surgido nuevas ramas del conocimiento. Lo anterior demuestra, de cierta manera, la complejidad del asunto. Con base en lo anterior, si evaluamos lo que pudiera suceder si un producto inflamable es sometido

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Estrategia público-privada para la reducción de riesgos de desastres ARISE

Por: Yezid Fernando Niño Barrero /Ingeniero Ambiental y Sanitario / Especialista en Higiene y Salud Ocupacional / M.Sc. Salud Pública / PhD en Ingeniería (c) / Gerente Técnico del CCS Daniel Arturo Quiroga Vargas / Ingeniero Químico / Especialista en Gerencia en Salud Ocupacional / Estudiante Maestría en Salud y Seguridad en el Trabajo / Líder Técnico del CCS. Cómo citar este artículo:Niño, Y. Quiroga, D (2020). Estrategia público-privada para la reducción de riesgos de desastres ARISE. Revista Protección y Seguridad. Enero – Febrero 2020 pág. 10-14. Consejo Colombiano de Seguridad. https://ccs.org.co/portfolio/estrategia-publico-privada-para-la-reduccion-de-riesgos-de-desastres-arise/ Introducción A nivel global, el impacto económico de los desastres ha estado en aumento, en los últimos años ha sido superior a los 100 billones de dólares anuales en el mundo y el 53% de las pérdidas económicas relativas ocasionadas por desastres de origen climático se concentran en la región de América, como se observa en la Figura 1. (CRED & UNDRR, 2018). Según la evaluación de riesgo INFORM , la cual tiene en cuenta variables como amenazas y exposición de riesgos, vulnerabilidad y falta de capacidad en la respuesta, Colombia para 2019 presenta un nivel de riesgo de 5.5 (alto) y se ubica en el puesto 29 entre 191 países a nivel global (Equipo Humanitario de País & OCHA, 2018; EUROPEAN COMMISSION, 2019). Figura 1. Costos humanos y económicos relativos ocasionados por desastres climáticos en los continentes durante el período 1998-2017. Colombia es un país con diferentes fenómenos amenazantes que atentan contra las comunidades, el ambiente, la infraestructura y en general contra la estructura social y productiva del país. Las características geográficas, hidrometeorológicas y en general la composición del ambiente en el territorio nacional son el escenario para la presencia permanente de amenazas como los terremotos, tsunamis, volcanes, inundaciones, sequías, movimientos en masa, amenazas tecnológicas, entre otros (UNGRD, 2018). Esta condición particular se suma a la infraestructura expuesta y a la presencia de comunidades en zonas de riesgo no mitigable que agravan los efectos potenciales de estos desastres. Las empresas no son ajenas a las preocupaciones sobre las consecuencias de los desastres; es así como históricamente han concentrado sus esfuerzos en preparación para la respuesta a situaciones de emergencia. Para esto, las organizaciones conforman brigadas de emergencias, entrenando a los brigadistas en temas como primeros auxilios, búsqueda y rescate, combate de incendios, evacuación, manejo de emergencias con materiales peligrosos, entre otros temas acordes a la naturaleza de la actividad de la organización. También se fortalecen con sistemas de alarma y extinción de incendio y se realiza la señalización de seguridad identificando peligros, rutas de evacuación y en general brindando toda la información necesaria a los trabajadores y visitantes para actuar en caso de una emergencia. Conforme maduran los planes de emergencia, y las empresas identifican que no se debe limitar su accionar a estar preparado para las emergencias, se empieza a generar la necesidad de desarrollar planes de continuidad del negocio, que actualmente tienen un marco de referencia internacional con la norma ISO 22301 (ISO, 2019) aplicable a todas las organizaciones, independientemente del tamaño, la industria o la naturaleza del negocio. Esta norma tiene una configuración basada en la Estructura de Alto Nivel (HLS por sus siglas en inglés) de ISO, se alinea con muchos otros estándares de sistemas de gestión reconocidos internacionalmente, como ISO 9001 (gestión de calidad) ISO 45000 (gestión de la seguridad y salud en el trabajo) e ISO 14001 (gestión ambiental). La ISO 22301 reúne las mejores prácticas para ayudar a las organizaciones a responder y recuperarse de las interrupciones de manera efectiva. Esto significa costos reducidos y menor impacto en el desempeño del negocio en caso de que algo salga mal a través de una mejor comprensión del mismo, mediante el análisis de problemas críticos y áreas de vulnerabilidad (ISO, 2019). Por otro lado, se cuenta con la norma ISO 22316 sobre resiliencia organizacional que se enfoca en la capacidad de las organizaciones para absorber y adaptarse a un ambiente cambiante, para permitirle cumplir sus objetivos y sobrevivir y mantener un crecimiento continuo. Si bien ISO 22301 cubre acciones para garantizar la supervivencia de la organización durante eventos disruptivos, ISO 22316 proporciona recomendaciones para la identificación y gestión de situaciones que no son tan inmediatas en términos de impacto, pero que a la larga pueden ser igualmente perjudiciales para la organización. Lograr la resiliencia de los negocios no es una tarea que aisladamente una organización pueda hacer, si bien tiene un papel fundamental de lo que pasa al interior de su organización, “de las puertas para adentro”, las interacciones aguas abajo y aguas arriba con su cadena de suministro, el papel que juegan las partes interesadas (stakeholders) y la responsabilidad de las autoridades locales y nacionales deben integrarse para alcanzar el objetivo de garantizar las capacidades para resistir y adaptarse a los cambios, sobre todos a los cambios disruptivos asociados a un desastre. Gestión del riesgo de desastres en Colombia El país cuenta actualmente con el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, creado a partir de la Ley 1523 de 2012 por sanción presidencial, que es el conjunto de entidades nacionales del orden público, privado y comunitario que, articuladas con las políticas, normas y recursos, tiene como objetivo llevar a cabo el proceso social de la gestión del riesgo con el propósito de ofrecer protección a la población en todo el territorio nacional en busca de mejorar la calidad de vida, la seguridad y el bienestar de todas las comunidades colombianas (UNGRD, n.d.). Figura 2. Estructura del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (Fuente UNGRD, 2015). El sector privado ha estado comprometido con la gestión del riesgo, es por esto que las empresas han adelantado sus planes de emergencia y desarrollado modelos de continuidad del negocio y hoy, ante una complejidad de los negocios, globalización y retos importantes que trae el cambio climático, fenómenos de variabilidad climática y grandes desastres que impactan principalmente a las zonas urbanas, la gestión del riesgo de desastres ha llevado a buscar integración con

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Medicamentos en el hogar: pautas para evitar intoxicaciones

Por Lizeth Viviana Salamanca Galvis / Periodista / Magíster en Responsabilidad Social y Sostenibilidad / Líder de Comunicaciones del Consejo Colombiano de Seguridad (CCS) Con orientación de Edgar Velandia / Médico cirujano / Magíster en Toxicología / Asesor de CISPROQUIM® Cómo citar este artículo:Salamanca, V. (2021). Medicamentos en el hogar: pautas para evitar intoxicaciones. Revista Protección & Seguridad en la Comunidad pág. 33-36. Consejo Colombiano de Seguridad. https://ccs.org.co/portfolio/medicamentos-en-el-hogar-pautas-para-evitar-intoxicaciones/ De acuerdo con datos del Centro de Información de Seguridad sobre Productos Químicos (CISPROQUIM®), en 2020 fueron reportadas 3.364 intoxicaciones en las cuales hubo uso inadecuado de, por lo menos, un medicamento humano. Además, representaron cerca del 40 % del total de intoxicaciones registradas durante el año. En la gran mayoría de los casos (67 %), las intoxicaciones con medicamentos ocurrieron de manera intencional, es decir, las personas ingirieron fármacos mediante conductas suicidas, delictivas o por abuso. Por su parte, las causas no intencionales fueron menores, aunque a una tasa considerable (30 %) e involucró el descuido, el mal uso y el error terapéutico, mientras que un porcentaje inferior (3 %) aparece asociado a la reacción adversa, síndrome de abstinencia e intoxicación crónica. El problema, entonces, no son los medicamentos sino el uso que se les da, especialmente, cuando hablamos del ámbito del hogar donde suele ocurrir una buena proporción de estos eventos. De hecho, aunque los adultos son la población más afectada, los niños y adolescentes no se quedan atrás. En este caso, los niños pequeños, especialmente entre los 2 y los 3 años, son más susceptibles a intoxicarse accidentalmente con este tipo de agentes. Esto se debe, por un lado, a la curiosidad propia de su desarrollo motriz: están en una etapa de exploración donde es usual que se lleven elementos a la boca y aprenden por imitación, por lo que no es extraño que intenten remedar a sus padres, tíos o abuelos en la toma de medicamentos. De otro lado, estos elementos suelen tener presentaciones llamativas: grageas pequeñas o líquidos de colores llamativos, brillantes e, incluso, sabores agradables que los pequeños suelen asociar a dulces. En este caso, el peligroes dejar medicamentos al alcance de los niños en el hogar. Así mismo, se han presentado casos en los que son los padres o cuidadores quienes administran mal los medicamentos a sus niños, yasea por error en la lectura o comprensión inadecuada de la fórmula médica, lo que puede llevar, por ejemplo, a una posible sobredosis. Los adolescentes, por su parte, son más propensos, al igual que los adultos, a utilizar los fármacos de manera intencional en calidad deabuso o en conductas suicidas. Esto ocurre, generalmente, en hogares disfuncionales, con presencia de conflictos intrafamiliares o cuando las personas están presentando un deterioro de su salud mental o atravesando una crisis emocional. En este sentido, el almacenamiento de medicamentos, de diversa índole, que se encuentren disponibles en el hogar constituyen un peligro, porque, incluso, se han evidenciado casos en los que hubo más de un fármaco involucrado en la intoxicación. Ahora bien, en los adultos también se presentan episodios de intoxicación debido a malas prácticas implementadas en el hogar, conrelación al almacenamiento de los medicamentos como cambiar o trasvasar envases, depositar en un mismo empaque fármacos distintos guardarlos durante largos periodos de tiempo y, luego, administrarlos sin verificar su fecha de vencimiento y propiedades de calidad. Otros peligros se asocian a la administración de fármacos y dosis por error o descuido, la automedicación y el hecho de que el paciente tenga disminuida su capacidad visual o de memoria, llevándolo a confundir productos o a repetir varias veces su ingesta. Buenas prácticas al consumir medicamentos Al comprar o reclamar  Cuando vaya a la farmacia o solicite medicamentos en su EPS, revise que le entreguen los productos que correspondan con la fórmula médica en nombre, cantidad, composición, presentación (grageas, tabletas, gotas, jarabe, crema, etc.) y concentración (miligramos o mililitros).  Ya sea que adquiera tanto medicamentos convencionales como homeopáticos, asegúrese de comprar en establecimientos de confianza, de laboratorios avalados y verifique la autenticidad del producto. Compruebe que los sellos de seguridad estén en perfecto estado y que cuente con registro Invima. A través de la página web www.invima.gov.co puede consultar la veracidad de los registros sanitarios. Uso  Antes de ingerir un medicamento verifique que sea el que corresponde al envase en cuanto a nombre comercial o genérico (por ejemplo, aspirina) y principio activo (en este caso, ácido acetilsalicílico). Así mismo, que la concentración sea la indicada por su médico. Revise la fecha de vencimiento del producto y sus condiciones de calidad. Compruebe que el aspecto, el color y el olor del medicamento sean los esperados. Confirme muy bien la frecuencia de administración de la fórmula médica (cada 8 horas, una vez al día) y la cantidad o dosis (una cucharada, una gragea, tres gotas). Siga las indicaciones al pie de la letra. No cambie los dosificadores. Por ejemplo, si un jarabe trae una cuchara medidora, úsela en lugar de recurrir a una cuchara “sopera” convencional. No mezcle medicamentos entre sí para ingerirlos en una sola toma. Según las indicaciones de la fórmula médica, tome un medicamento a la vez. No repita un tratamiento a menos que el especialista de la salud lo indique. Tampoco le recomiende su fórmula a otro paciente.Es un documento personal e intransferible. No se automedique ni automedique a otros. Esta mala práctica puede ocasionar complicaciones de salud mayores y evita una atención clínica oportuna. Adicionalmente, la falta del criterio de un profesional de salud en la prescripción de los medicamentos puedellevar a una persona a combinar componentes incompatibles entre sí. Recuerde que todos los organismos tienen condiciones, necesidades y reacciones distintas. Hay personas que tienen contraindicaciones, alergias o condiciones médicas que deben ser tenidas en cuenta a la hora de ser formuladas. No combine la ingesta de medicamentos con bebidas alcohólicas. Puede generar efectos adversos, reacciones negativas, exacerbar efectos secundarios o inhibir el efecto deseado del fármaco. Conservación  Conserve los medicamentos en su envase original. No los

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El rol de empresas contratantes y contratistas en el fortalecimiento de la seguridad vial. Un reto común

Viviana Plazas Muñoz, abogada consultora, especialista en Derecho Laboral. Candidata a magíster en Seguridad y Salud en el Trabajo. Autora. Docente de posgrado y programas de educación continua en la Universidad de La Sabana y en el Consejo Colombiano de Seguridad (CCS). Cómo citar este artículo:Plazas, V. (2023). El rol de empresas contratantes y contratistas en el fortalecimiento de la seguridad vial. Un reto común. Revista Dataruc 2023 pág. 90-91. Consejo Colombiano de Seguridad. https://ccs.org.co/portfolio/el-rol-de-empresas-contratantes-y-contratistas-en-el-fortalecimiento-de-la-seguridad-vial-un-reto-comun/ Actuar coordinadamente en pro de la prevención de siniestros viales resulta fundamental para el éxito de las relaciones entre contratistas y contratantes en la nueva realidad del trabajo y de las relaciones laborales. En efecto, independientemente del sector de la economía del que se trate, o de si la organización se dedica o no a la prestación del servicio público de transporte, la disminución de la accidentalidad, hoy por hoy, es tarea de todos. Y no es para menos. Cifras del Plan Nacional de Seguridad Vial 2022-2031 indican que para el 2019 los fallecimientos como consecuencia de siniestros viales constituyeron el segundo contexto de violencia que más ocasionó lesiones fatales de causa externa enColombia. Así mismo, las cifras mencionadas indican que los motociclistas representaron el 51 % de las víctimas fatales en Colombia, seguidos por los peatones y los usuarios de bicicleta quienes han tenido un incremento en la accidentalidad en los últimos años. Poresta razón, tanto contratantes como contratistas tienen una oportunidad histórica no solo de mitigar los riesgos de accidentalidad laboral en la vía a los que se exponen sus colaboradores, sino también de generar un impacto que redunde en beneficio de todos losactores viales. Los contratantes, por ejemplo, tienen el reto de implementar acciones para capacitar a sus colaboradores en seguridad vial. Adicionalmente, si cuentan con un Plan Estratégico de Seguridad Vial (PESV), la más reciente Resolución 40595 del Ministerio de Transporte les brinda herramientas para la verificación del cumplimiento de las normas en esta materia por parte de sus contratistas. Por un lado, comprobando que los contratistas obligados cuenten con un plan estratégico de seguridad vial y lo ejecuten; y, por otro, para aquellos contratistas, subcontratistas y terceros que ejercen el rol de conductores y propietarios de vehículos no obligados a tener un PESV, la norma indica que la organización debe establecer disposiciones que regulen, como mínimo, (i) los requisitos de seguridad vial que deben cumplir los conductores; (ii) la puesta a disposición de la organización, por parte del propietario del vehículo, del historial del conductor; (iii) la presentación, por parte del propietario del vehículo, de la documentación vigente del conductor y del vehículo; (iv) la participación del conductor en las capacitaciones de seguridad vial de la organización; (v) la presentación diaria de la inspección preoperaciónal del vehículo por parte del conductor del mismo; (vi) el cumplimiento de controles administrativos y perativos definidos por la organización; (vii) el reporte de siniestros viales ocurridos al servicio de la organización; así como (viii) la implementación de mecanismos de evaluación del cumplimiento de los requisitos aquí mencionados. Para los contratistas, por su parte, el conocimiento de los nuevos requisitos legales así como de aquellos que exige la organización contratante y la preparación e implementación de acciones oportunas para su cumplimiento representará una ventaja competitiva indudable. De esta manera, el efecto más probable será la superación de otros competidores que no cuenten con medidas de prevención en materia de seguridad vial. Una consecuencia que adquiere sentido en un mercado en el que la prevención de riesgos laborales y el cumplimiento de requisitos legales hoy en día pueden hacer la diferencia en materia de selección de contratistas.

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Trabajo en alturas y en espacios confinados. Obligaciones para el contratista y el contratante

Belisario Velásquez Pinilla, abogado con más de veinticinco años de experiencia profesional. Doctor en Derecho. Magíster en Derecho y en Prevención y Protección de Riesgos Laborales. Especialista en Responsabilidad y Daño Resarcible; Derecho del Trabajo; Salud Ocupacional y Derecho Probatorio. Cómo citar este artículo:Velásquez, B. (2023). Trabajo en alturas y en espacios confinados. Obligaciones para el contratista y el contratante. Revista Dataruc 2023 pág. 86-89. Consejo Colombiano de Seguridad. https://ccs.org.co/portfolio/trabajo-en-alturas-y-en-espacios-confinados-obligaciones-para-el-contratista-y-el-contratante/ La ejecución de actividades en el ámbito laboral implica que los trabajadores, contratistas o aprendices se encuentren expuestos a peligros inherentes y específicos para cada ocupación. Por ello, en aras de protegerlos, se ha desarrollado un andamiaje jurídico referente a los riesgos laborales que, por una parte, previene la concreción de daños al incorporar el deber de adopción de medidas de control, pero también asegura las posibles contingencias de este, brindando prestaciones asistenciales y económicas cuando sea necesario. Esto es posible porque el sistema es financiado por el empleador y/o contratante a través de una taza de cotización definida según el nivel de riesgo de la actividad que se ejecuta. A razón de esta dinámica, pasaremos a desarrollar cuál es el límite de las obligaciones derivadas de tareas críticas como el trabajo en alturas y en espacios confinados para contratistas y contratantes. No obstante, para abordar este tema requerimos precisar las nociones de actividades de alto riesgo y de empresas clasificadas como de alto riesgo atendiendo a la confusión que se puede presentar alrededor de dichos conceptos. Las actividades de alto riesgo, desarrolladas por el Decreto 2090 de 2003, son aquellas labores que implican una disminución en la expectativa de vida saludable¹. En este sentido, los trabajadores dedicados a ellas cuentan con el derecho de recibir una pensión especial de vejez, entendida como la posibilidad de pensionarse en un menor tiempo posible cuando, de manera permanente, han sido expuestos y, paralelamente, se ha realizado una cotización especial prevista en 10 puntos porcentuales adicionales, a cargo del empleador, por al menos 700 semanas. Por otra parte, las empresas clasificadas como de alto riesgo son aquellas que, por sus actividades económicas y según la tabla de clasificación de actividades económicas², cuentan con un riesgo clase IV o V que es asumido en su totalidad por el contratante e implicapagar un porcentaje de cotización mayor al Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL). Así las cosas, para la clase I es del 0,522 %, para la clase II es del 1,044 %, para la clase III es del 2,436 %, para la clase IV es del 4,35 % y para la clase V es del 6,96 %. Esta caracterización existe con el fin de mantener un mayor grado de supervisión, vigilancia epidemiológica y de control de riesgos laborales prioritarios, imponiendo una carga mayor sobre las medidas a adoptar en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) de las organizaciones³. Ahora bien, las actividades procedentes del trabajo en alturas y en espacios confinados no son actividades de alto riesgo para efectos del régimen de pensión especial de vejez. Sin embargo, son tareas críticas cuya materialización de riesgos pueden generar una consecuencia grave o, incluso, fatal; por lo tanto, son consideradas riesgo IV y V en el régimen del SGRL⁴. Atendiendo a este grado de criticidad, las responsabilidades en materia de seguridad y salud en el trabajo y el desarrollo del SG-SST aplican tanto para empleadores como para contratantes y genera cobertura a trabajadores y contratistas. Así mismo, no debe desconocerse que la normatividad establece que el beneficiario del trabajo o dueño de la obra es responsable solidariamente de las obligaciones de los subcontratistas y sus trabajadores⁵. Por este motivo, los contratistas están obligados a ejecutar procesos de gestión de riesgos, entendidos como la identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos que pueden presentarse en estas tareas y, posteriormente, establecer las respectivas medidas de control para prevenir afectaciones o daños en la salud de manera diligente. Este desarrollo se incorporará en el SG-SST de las empresas pues con ello se permite anticipar, identificar, evitar y controlar los riesgos, con el fin de salvaguardar la seguridad y salud de empleados y contratistas, previniendo accidentes de trabajo y enfermedades laborales. Se debe observar que las medidas de seguridad que se dispongan tienen que atender al marco jurídico que regula el trabajo en alturas y el trabajo en espacios confinados donde se establecen requisitos mínimos e imperativos de seguridad. En el caso del trabajo en espacios confinados esto ha sido regulado por la Resolución 0491 de 2020 y frente al trabajo en alturas se cuenta con la Resolución 4247 de 2021. Algunas de estas responsabilidades son: • En materia de trabajo en espacios confinados, al contratante le incumbe la gestión de riesgos antes de iniciar las labores; realizar evaluaciones médicas ocupacionales; entrenar y capacitar a sus contratistas; suministrar elementos de protección personal; establecer y documentar procedimientos de trabajo en espacios confinados; brindar información sobre el espacio confinado; supervisar la aplicación de medidas, entre otras. El contratista debe seguir los procedimientos de seguridad y salud definidos, monitorear el espacio de trabajo, utilizar medidas de prevención y protección, asistir a capacitaciones, conocer los peligros, informar de los riesgos que evidencien, reportar el deterioro o daño y realizar el alistamiento y verificación de funcionamiento de los sistemas de prevención y protección en espacios confinados. • Con respecto al trabajo en alturas, el contratante cuenta con la obligación de establecer un programa de prevención y protección contra caída de alturas, incorporar medidas de control, suministrar elementos de protección para el desarrollo de las actividades, generar capacitación y entrenamiento, entre otras. El contratista en el desempeño de sus labores ha de asistir y aprobar capacitaciones, cumplir con todos los procedimientos de seguridad y salud en el trabajo establecidos, conocer los peligros y controles definidos para realizar el trabajo en alturas, garantizar su seguridad y salud y la de otras personas que puedan verse afectadas, entre otras. En consecuencia, no existe límite en las obligaciones del contratante pues

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La tercerización en la contratación de servicios y el suministro de personal

Algunas reflexiones de orden legal y práctico Germán Plazas M, abogado especialista en derecho laboral. Consultor jurídico en temas laborales, seguridad social y Seguridad y Salud en el Trabajo (SST). Docente universitario. Cómo citar este artículo:Aldana, I. (2023). La tercerización en la contratación de servicios y el suministro de personal. Algunas reflexiones de orden legal y práctico. Revista Dataruc 2023 pág. 82-84. Consejo Colombiano de Seguridad. https://ccs.org.co/portfolio/la-tercerizacion-en-la-contratacion-de-servicios-y-el-suministro-de-personal/ Históricamente, pero más aún en la actualidad, el intercambio de bienes y servicios exige altos niveles de especialización para lograr procesos ágiles y rentables de innovación, producción, distribución y soporte al cliente. En efecto, no resulta viable exigirle a una empresa cualquiera que sea igual de eficiente- en el desarrollo, de forma directa, de procesos tan específicos y diversos como la construcción de maquinaria, el desarrollo de software, el transporte de carga o de personas, la elaboración de documentos legales, la adecuación de instalaciones eléctricas, etc. La legislación colombiana¹¯², con el aval de múltiples sentencias de los altos tribunales de justicia del país³¯⁴, han permitido que personas naturales o jurídicas, especializadas en determinadas áreas del conocimiento y que no están interesadas en vincularse laboralmente con la empresa que los contrata, sean las que ofrezcan servicios a quien pueda requerirlos, bajo el esquema de contratistas de servicios o de empresas de servicios temporales. Contratistas independientes La posibilidad legal de ofrecer servicios a terceros que lo requieran, en calidad de contratista independiente, lleva implícita la facultad del empresario de contratar personas a través de las cuales se prestará el servicio contratado, de actuar como empleador de esos trabajadores, de desarrollar el negocio con total autonomía técnica, administrativa y directiva. La figura descrita en el párrafo anterior no representa vulneración de la legislación laboral vigente pues es el contratista independiente el que, en desarrollo de su autonomía empresarial, contrata el personal que requiere, actúa como verdadero empleador, acuerda con ellos los términos en que se ejecutará el contrato de trabajo que se suscriba, los afiliará a la seguridad social, pagará las cotizaciones respectivas y, además, implementará todas las normas que permitan proteger al trabajador de sufrir accidentes de trabajo o enfermedades laborales. Claro está que el contratista sí puede recibir de su contratante instrucciones relacionadas con el cumplimiento del servicio ofrecido y la oportunidad de este. Sin embargo, el contratante debe abstenerse de invadir la autonomía empresarial del contratista o de utilizar la figura para discriminar a los trabajadores de este pagándoles, por ejemplo, salarios inferiores a los que devengan sus trabajadores directos. Empresa de servicios temporales Por otra parte, la posibilidad legal de ofrecer el servicio de suministro de personal, en calidad de empresa de servicios temporales, hace necesario distinguir que, aunque la calidad de empleador está en cabeza de la empresa de servicios temporales, la subordinación es ejercida por la empresa usuaria. Así las cosas, la empresa de servicios temporales será quien firme el contrato de trabajo por el tiempo máximo permitido en la ley. Así mismo, para realizar las actividades que permite la norma, será quien acuerda con los trabajadores los términos en que se ejecutará el contrato de trabajo que suscriban, ejercerá el régimen disciplinario, los afiliará a la seguridad social y pagará las respectivas cotizaciones. La empresa usuaria indicará al trabajador en misión la cantidad y calidad de trabajo que debe desarrollar, entre otros aspectos. En lo que se refiere a la Seguridad y Salud en el Trabajo, la responsabilidad es compartida: por un lado, la empresa de servicios temporales tiene a cargo la realización de los exámenes médicos ocupacionales y, por el otro, la empresa usuaria debe velar por el cumplimiento de las normas vigentes para evitar accidentes de trabajo y enfermedades laborales. El incumplimiento de los principios generales que rigen la prestación de servicios en calidad de contratista o el suministro de personal a través de empresas de servicios temporales implica una desviación de la figura, que puede conllevar riesgos legales importantes. Así, por ejemplo, el contratante que invada la autonomía del contratista o la empresa usuaria que vulnere los tiempos máximos de vinculación del trabajador en misión, puede llegar a ser declarada como el verdadero empleador del trabajador contratista o del trabajador de la empresa de servicios temporales. Las consecuencias legales mencionadas en el párrafo anterior no son nuevas. Han sido advertidas reiteradamente por la Corte Suprema de Justicia en muchas de sus providencias⁵. Por este motivo, a la fecha, empresarios, trabajadores, entidades de seguridad social y entes de control, deben tener consciencia de la legalidad de la tercerización de servicios a través de contratistas y de suministro de personal a través de empresas de servicios temporales. Igualmente, todos los actores deben conocer las limitaciones inherentes a cada figura, acatar los límites que impone la legislación y no cuestionar sin fundamento el válido control que ejercen las autorizadas administrativas y/o jurisdiccionales en cuanto a la aplicación de las normas que regulan la materia, cuando se detecten vulneraciones ilegales de los derechos de los trabajadores. La historia legislativa y jurisprudencial en Colombia ha permitido a los empresarios afrontar los retos que genera el mundo en la actualidad. No obstante, requiere ajustes para clarificar los derechos y deberes que tienen empleadores, trabajadores, contratantes, contratistas, empresas de servicios temporales y empresas usuarias. Encarar las transformaciones actuales en materia laboral, estar atentos a los eventuales cambios que se introduzcan a la legislación y tener capacidad de adaptación a las nuevas disposiciones, serán determinantes para la sostenibilidad de cualquier empresario Código Sustantivo del Trabajo, artículo 34.² Ley 50 de 1990, artículo 77.³ Corte Suprema de Justicia, sentencia SL-4479 de 2020.⁴ Corte Suprema de Justicia, sentencia SL-937 de 2022. Decisión judicial que permite establecer el orden material de un litigio. Este acto, que es realizado por un juez o tribunal colegiado, posibilita la resolución de alguna petición de una parte o fija el cumplimiento de cierta medida.

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Construcción colaborativa de entornos de trabajo seguros

Una mirada a la relación entre contratantes y contratistas Martín Sánchez, abogado especialista en Instituciones Jurídicas de la Seguridad Social. Magíster en Seguridad y Salud en el Trabajo. Docente de postgrado en materia de legislación en riesgos laborales. Asesor jurídico y litigante en temas laborales y de seguridad social y del Sistema General de- Riesgos Laborales para el sector industrial y comercial. Cómo citar este artículo:Sánchez, M. (2023). Construcción colaborativa de entornos de trabajo seguros. Una mirada a la relación entre contratantes y contratistas. Revista Dataruc® 2023 pág. 74-81. Consejo Colombiano de Seguridad. https://ccs.org.co/portfolio/construccion-colaborativa-de-entornos-de-trabajo-seguros/ Los contratantes, contratistas, proveedores y subcontratistas, en todos sus niveles de contratación, se relacionan en sus operaciones conjuntas transcendiendo sus misiones de negocio para llegar al marco de la responsabilidad jurídica en varios aspectos que comprometen su posición jurídica y económica, aun cuando sus propios acuerdos prevean indemnidad desde la reglamentación ambiental, laboral y de seguridad y salud en el trabajo vigente. En el presente artículo, previas unas consideraciones generales, nos concentraremos en los aspectos de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST). Generalidades en materia de control y gestión de contratistas La reglamentación ambiental, laboral y de seguridad y salud en el trabajo está diseñada para garantizar y proteger los derechos de terceros ajenos a las relaciones entre contratantes, contratistas, proveedores y subcontratistas, de tal forma que las estipulaciones de indemnizada en los contratos que se suscriban o las órdenes de servicio que se emitan no tienen alcance para proteger a las organizaciones de las reclamaciones de esos terceros, sino que se limitan a prescribir la forma en que las partes responderán ante ellas. Cuando se opera con contratistas, proveedores y subcontratistas conviene trazar objetivos en materia de calidad o cumplimiento de contrato, aspectos e impactos ambientales, cumplimiento de derechos laborales y aspectos de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST). Esto se debe a que, para cada uno de ellos, hay un marco legal y contractual vigente en el que se deben definir reglas que determinenresponsabilidades en caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales y legales. Los aspectos contractuales y de calidad están asociados a la conformidad del servicio o producto adquirido, sus tiempos de entrega y características técnicas y legales apropiadas. Se trata aquí de establecer el cumplimiento del contrato, los aspectos que, de ser incumplidos, invalidarían la justificación y el fin último de la contratación respectiva que consiste en obtener el servicio o bien que se pretende contratar. Este aspecto, frecuentemente, es el más cuidado por todas las organizaciones, de todos los tamaños y capacidades, pues la mayoría está pendiente de que le entreguen lo contratado y de que dicha entrega sirva a sus fines. En materia ambiental, la gestión y el control a proveedores y contratistas se da en organizaciones más maduras y con experiencia en procesos de responsabilidad judicial solidaria o muy conscientes de su contexto legal. Las áreas ambientales en las que normalmente sepresenta responsabilidad por las organizaciones son el transporte de mercancías y residuos peligrosos, así como la- cooperación e interacción en el marco de instrumentos ambientales como licencias, concesiones o permisos en los cuales el titular del respectivo proyecto tiene que garantizar condiciones apropiadas de mitigación de aspectos e impactos ambientales y los contratistas terminan comprometiendo su responsabilidad. En materia laboral, la gestión de los contratistas debe procurar evitar que la contratación sea el vehículo para desconocer derechos laborales o de seguridad social que correspondan a los trabajadores comprometidos con la ejecución del respectivo contrato. Como regla general, las organizaciones se deben concentrar en aquellos contratistas que desarrollen su misma misión u objeto social o partede este, de manera directa. En materia de SST, el objetivo consiste en mitigar la responsabilidad legal que pudiere derivarse de la ocurrencia de accidentes de trabajo o enfermedades laborales en los trabajadores de proveedores contratistas y subcontratistas. En este aspecto, incluso, la gestión y control de los contratistas forma parte de los requisitos para tener en cuenta en el diseño, implementación y administración del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo previsto por el artículo 2.2.4.6.1 del Decreto 1072 de 2015. Trabajo seguro y saludable de contratistas: aspectos de la gestión en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo La contratación de terceros para desarrollar aspectos directamente relacionados con los negocios de las organizaciones (o parte de ellos) no es considerada una figura ilegal en el ordenamiento jurídico colombiano siempre y cuando sea entendida como “un modo de organización de la producción en cuya virtud se hace un encargo a un tercero de determinadas partes u operaciones del proceso productivo; son un instrumento legítimo en el orden jurídico que permite a las empresas adaptarse al entorno económico y tecnológico, a fin de ser más competitivas” (Corte Suprema de Justicia, 2019). Sin embargo, el uso indebido de esta figura se sanciona “(…) cuando no se realiza con estos propósitos organizacionales y técnicos sino para evadir la contratación directa, mediante entes interpuestos que carecen de una estructura propia y un aparato productivo especializado y que, por tanto, se limitan a figurar como empleadores que sirven a la empresa principal, estaremos en presencia de una intermediación laboral ilegal¹” (Corte Suprema de Justicia, 2019). La externalización de actividades, en criterio de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, debe estar fundada en razones objetivas técnicas y productivas, en las que se advierta la necesidad de transferir actividades a un tercero que antes eran desarrolladas internamente dentro de la estructura empresarial o que ya no pueden ser desarrolladas debido a un acoplamiento a los cambios de mercado, asimilación de las revoluciones tecnológicas o incremento de la competencia comercial. Entre contratantes, proveedores, contratistas y subcontratistas se presenta una solidaridad en materia laboral específicamente prevista en el artículo 34 del Código Sustantivo del Trabajo y, en materia de riesgos laborales, aparece en los artículos 2 y 18 de la Resolución 957 de 2005 de la Comunidad Andina de Naciones. En materia laboral, la responsabilidad solidaria requiere como requisito que los contratistas, proveedores

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