Medicina preventiva y del trabajo en el teletrabajo
Por: Jorge Oswaldo Restrepo Villa / Médico Cirujano, Universidad Pontificia Bolivariana (UPB) / Especialista en Gerencia de la Salud Ocupacional, Ces – Eafit / Especialista en Alta Dirección Estratégica, Universidad de los Andes / Magíster en Epidemiología, Universidad Ces / Magíster en Administración de Empresas con Énfasis en Sistemas de Gestión, Universidad del Mar, Chile / Docente Ces, UPB, Rosario y Politécnico Colombiano / Investigador / Consultor y Auditor de ISO 9001, ISO 14001, OHSAS 18001, ISO 22000 / Miembro de la Sociedad de Medicina del Trabajo / Presidente Emérito, Consejo Colombiano de Seguridad. Concepto de teletrabajo a nivel mundial: aunque existen muchas definiciones y hasta acepciones, hoy parece haber consenso en esta definición: «una forma de trabajo en la cual el mismo se realiza en una ubicación alejada de una oficina central o instalaciones de producción, separando así al trabajador del contacto personal con colegas de trabajo que estén en esa oficina y la nueva tecnología hace posible esta separación facilitando la comunicación». (Vittorio Di Martino, 2004). Esta definición ha sido acogida por OIT. En Colombia, el teletrabajo se encuentra definido en la Ley 1221 de 2008 como: «una forma de organización laboral, que consiste en el desempeño de actividades remuneradas o prestación de servicios a terceros utilizando como soporte las tecnologías de la información y comunicación (TIC) para el contacto entre el trabajador y la empresa, sin requerirse la presencia física del trabajador en un sitio especifico de trabajo». Como se puede observar, ambas definiciones concluyen los componentes principales de lo que es el teletrabajo: una nueva organización del trabajo, no existe contacto personal o presencial del teletrabajador con sus colegas o compañeros y existe una alta utilización de medios tecnológicos frutos de dichos cambios, y de la necesidad de comunicación que hoy no exige presencialidad. Este concepto ha producido en Colombia una iniciativa Nacional liderada por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en alianza con en el Ministerio del Trabajo, que promueve el teletrabajo. Modalidades de teletrabajo Teletrabajo autónomo: trabajadores independientes o empleados que se valen de las TIC para el desarrollo de sus tareas, ejecutándolas desde cualquier lugar elegido por él o ella. Teletrabajo suplementario: trabajadores con contrato laboral que alternan sus tareas en distintos días de la semana entre la empresa y un lugar fuera de ella usando las TIC para dar cumplimiento. Se entiende que “teletrabajan” al menos dos días a la semana. Teletrabajo móvil: trabajadores que utilizan dispositivos móviles para ejecutar sus tareas. Su actividad laboral les permite ausentarse con frecuencia de la oficina. No tienen un lugar definido para ejecutar sus tareas. El teletrabajo en el mundo hoy tiene alrededor de 280 millones de teletrabajadores y para el año 2030 serán unos 350 millones. En Colombia también se ha incrementado esta modalidad de trabajo, pasando de 95.439 trabajadores en 2016 a 120.000 en 2018. Las anteriores cifras nos colocan ante una realidad cada vez más frecuente, el teletrabajo como modalidad de ejercicio laboral y, con ello, retos y oportunidades que debemos atender. Marco legal en Colombia Ley 1221 de 2008: establece el reconocimiento del teletrabajo en Colombia como modalidad laboral en sus formas de aplicación, las bases para la generación de una política pública de fomento al teletrabajo y una política pública de teletrabajo para la población vulnerable. Crea la Red Nacional de Fomento al Teletrabajo, con el fin de promover y difundir esta práctica en el país e incluye las garantías laborales, sindicales y de seguridad social para los teletrabajadores. Decreto 884 de 2012: especifica las condiciones laborales que rigen el teletrabajo en relación de dependencia, las relaciones entre empleadores y teletrabajadores, las obligaciones para entidades públicas y privadas, las ARL y la Red de Fomento para el Teletrabajo. Así mismo, establece los principios de voluntariedad, igualdad y reversibilidad que aplican para el modelo. Resolución 2886 de 2012: define las entidades que hacen parte de la Red de Fomento del Teletrabajo y las obligaciones que les compete. Teletrabajo y riesgos laborales Las ARL, en coordinación con el Ministerio del Trabajo, promueven la adecuación de las normas relativas a higiene y seguridad en el trabajo a las características propias del teletrabajo. También, crearon una guía para la prevención y actuación en situaciones de riesgo que puedan presentar los teletrabajadores, la cual se suministra al trabajador y empleador. La afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales se hace a través del empleador, en las mismas condiciones y términos establecidos en el Decreto-Ley 1295 de 1994, mediante el diligenciamiento del formulario que contenga los datos especiales que para tal fin determine el Ministerio de Salud y Protección Social, en el que se deberá precisar las actividades que ejecutará el teletrabador, el lugar en el cual se desarrollarán, la clase de riesgo que corresponde a las labores ejecutadas y la clase de riesgo correspondiente a la empresa o centro de trabajo, así como el horario en el cual se ejecutarán. La información anterior es necesaria para la determinación del riesgo y definición del origen de las contingencias que se lleguen a presentar. El empleador entrega copia del contrato o del acto administrativo a la ARL adjuntando el formulario antes mencionado, debidamente diligenciado (artículo 9 del decreto 884 de 2012). Se hace muy importante por parte de la empresa verificar las condiciones de trabajo del teletrabajador, identificar las medidas preventivas y tratamiento al riesgo en la sede del trabajador, entregar a la ARL el acuerdo de teletrabajo, entregar la política de seguridad y salud de la empresa al trabajador para su aplicación, independientemente de dónde se encuentre laborando, motivar y vigilar para que el teletrabajador realice autorreportes de salud y trabajo. Medicina preventiva y del trabajo Para la medicina del trabajo, el reto no es menor. Significa empezar a entender y analizar los espacios de trabajo y el contexto que los rodea, no siendo suficiente encarar al teletrabajador y hacer abstracción de sus ambientes donde participa. Si la higiene ahora debe monitorear las características individuales de los lugares de trabajo, explicando
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